Comisión N° 2628/2008


República Bolivariana de Venezuela
En su nombre:
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
198° y 149°
En el día de hoy, jueves trece (13) de noviembre del año dos mil ocho (2008), siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, en el Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, sigue la ciudadana FLOR QUINTERO, portadora de la Cédula de Identidad N°. V-14.896.612, en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL AMADO, portador de la cédula de identidad N° V-14.496.439, llevado en el expediente N° 12.516, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funcionan la empresa VENSPORT,C.A., ubicada geográficamente en el Edificio Torre Claret, piso 11, sector Valle Frío, frente a la Iglesia Claret, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) Yuneira Ordoñez venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la cédula de identidad N° 5.812.726, en su condición de Gerente Administrativo de la mencionada empresa, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución.- Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar el concepto a Embargar, señalado en el Despacho Comisorio, el cual se describe a continuación: Se ordena retener: ÚNICO: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las prestaciones sociales, ahorros y fideicomiso que le pueda corresponder al reclamado de autos, ciudadano MIGUEL ANGEL AMADO, portador de la cédula de identidad N° V-14.496.439, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que dé por terminada la relación laboral, como trabajador al servicio de la empresa VENSPORT, C.A., para satisfacer las pensiones alimenticias de la niña MICHELLE JOSSIEL AMADO QUINTERO.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADO el concepto antes señalado y descrito en actas, así como las cantidades derivadas de dicho concepto en la proporción señalada y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado.- Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivadas del concepto establecido en el literal ÚNICO deberán ser remitidas en la figura de cheque de gerencia a nombre del Juzgado de la Causa, es decir, TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicio para la empresa que representa. Siendo las once y treinta horas de la mañana (11:30 a.m.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.------------------------------------------------------------------------


EL JUEZ,


ABOG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.



EL (LA) NOTIFICADO (A),



LA SECRETARIA,


MGS. MARINELLY VEGAS GUTIÉRREZ.



EFR/mvg/omc*
C- 2628/2008