Comisión N° 3968-2008


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Segundo Especial (Ejecutor De Medidas) De Los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez Y Almirante Padilla De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia



En horas de Despacho del día de hoy, Viernes Siete (07) de Noviembre del año dos mil Ocho (2008), siendo las diez y veinte (10:20Am) horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las Oficinas de la Empresa BAKER HUGHES, DIVISION OILS TOOLS, en el área de tratamiento térmico, ubicadas estas en la calle 183 con avenida 66, entrando por Iveco Italparts, al lado de la Cocacola, Zona Industrial Sur, jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, comisionada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio de PENSION DE ALIMENTOS, incoado por la ciudadana MERLELLY MARGARITA FLORES ROSALES, contra el ciudadano: DOUGLAS JOSE SEMPRUN GARCIA.- Presente el (la) ciudadano(a): ELVIS ALBORNOZ, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.861.328, y quien dijo proceder con el carácter de Gerente Recursos Humanos de las oficinas donde se esta constituido, el Tribunal le notificó del objeto de su traslado y constitución y de la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el Juzgado Comitente, sobre: EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del sueldo o salario, fideicomiso y sus intereses, Utilidades o Bonificaciones especiales de fin de año, Bono Vacacional, Cesta Ticket y cualquier otro concepto que pueda corresponder al ciudadano DOUGLAS JOSE SEMPRUN GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.714.254, como Empleado de la Empresa BAKER HUGHES, DIVISION OILS TOOLS, en el área de tratamiento térmico; EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales del demandado de autos, ciudadano DOUGLAS JOSE SEMPRUN GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.714.254.- Que las cantidades a retener en los conceptos antes señalados deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (Expediente N° 12.051). En este estado el (la) notificado (a) expuso: A reserva de verificar si el demandado es o no Empleado de la Empresa BAKER HUGHES, DIVISION OILS TOOLS, en el área de tratamiento térmico,; o de si le pertenece o tiene en la misma, cantidades algunas por dichos conceptos; de si sobre los haberes embargados no existen otras medidas Judiciales anteriores y, finalmente, también a reserva de las aplicaciones de las disposiciones legales y contractuales que puedan afectar la presente medida, me doy por notificado (a) y enterado (a) del contenido a que se refiere la presente comisión. El Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara formalmente Embargados Preventivamente los conceptos antes señalados, y advirtió al notificado de la obligación en que está de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente Acta. El Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que consagra la gratuidad de la justicia. Siendo las diez y treinta y cinco (10:35Am) horas de la mañana, concluyó el presente acto.- Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ
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ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
Juez Temporal Juzgado Segundo Especial (Ejecutor De Medidas) De Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez Y Almirante Padilla De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia



EL (la) NOTIFICADO (a):


LA SECRETARIA
ABOG. ANAIS VILALOBOS V.


GDO/belkis q.-
Comisión N° 3968-2008.-