REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

Despacho de Medida Nº 4696
En el día de hoy veintisiete ( 27 ) de Noviembre del dos mil ocho (2.008), siendo la una y cuarenta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Mercantil “HOMACA”, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, a objeto de ejecutar MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, con sede en Cabimas, en el Juicio de DIVORCIO ORDINARIO, seguido la ciudadana MISLANI BELKIS DE VICENTE DUARTE, titular de la cédula de identidad N° V- 15.162.835, en contra del ciudadano PEDRO JOSE DIAZ GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.603.133. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la Empresa Mercantil “HOMACA” ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano Karen Rosales, titular de la cédula de identidad Nº 10.213.672, en su condición de Coordinador de Relaciones Laborales. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio ROSA ROMERO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 57.606 expone: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida decretada por el juzgado de la causa.