REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
198° y 149°
ASUNTO: OP02-V-2008-000010
En el día de hoy, 24 de Noviembre de 2.008, siendo la Dos y treinta de la tarde, oportunidad para que tenga lugar la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 468 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, oportunidad en la cual debe llevarse a cabo el único acto reconciliatorio previsto en el articulo 521 de la citada ley especial, con ocasión a la demanda de DIVORCIO, incoada por el ciudadano Jesús Rafael Gamboa, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.828.744, contra la ciudadana María de Lourdes Cáceres Ramos, titular de la cédula de identidad número 7.920.092. Anunciado dicho a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil Manuel Carrillo, habiéndose constatado la presencia de las partes, ciudadanos Jesús Rafael Gamboa, asistido del Doctor Rafael Santiago Materan, inscrito en el Impreabogado bajo el número 121.412, y la ciudadana María de Lourdes Cáceres, sin asistencia Jurídica, se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Jueza Carmen Milano Vásquez, el Secretario, los mencionados ciudadanos con la debida asistencia jurídica, el primero de los mencionados. Se le hizo saber a la demandada del derecho que tiene de estar asistida de abogado a lo que expuso: Manifiesto mi intención de continuar con la celebración de la audiencia. A tal efecto, se explicó a las partes en que consiste la mediación, su finalidad y conveniencia, así como que las partes no quedan afectadas de modo alguno por su conducta o señalamientos durante esta fase de la audiencia y luego de la intervención de las partes, esta Jueza de Mediación y Sustanciación, a los fines de promover la reconciliación entre los cónyuges, procede a realizar las reflexiones conducentes sobre la familia como asociación natural de la Sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Seguidamente, el demandante ciudadano Jesús Rafael Gamboa, con la debida asistencia jurídica expuso: “Manifiesto mi intención de DESISTIR DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, y pido se HOMOLOGUE EL MISMO. Es todo”. Acto seguido, la demandada, ciudadana María de Lourdes Cáceres Ramos, luego de habérsele explicado en términos sencillos en que consiste la figura del desistimiento, expuso: “Acepto lo manifestado por el demandado. Es todo”. Se escuchó la opinión de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de conformidad con el segundo aparte del artículo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y adolescentes, en concordancia con el artículo 80 eiusdem. Seguidamente esta Jueza de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, visto lo manifestado por las partes en la presente audiencia, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, acuerda: PRIMERO: HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO realizado por el demandante, ciudadano Jesús Rafael Gamboa, y aceptado por la demandada, ciudadana María de Lourdes Cáceres Ramos, ambos identificados de autos, en los términos expuestos por las partes. SEGUNDO: El cierre y archivo definitivo del presente asunto con ocasión a dicho desistimiento, y su remisión a la Oficina de Archivo Regional de este Estado. TERCERO: La Devolución de los originales que constan de autos, previa su certificación en autos. Expídase tantas copias certificadas como sean necesarias. Se habilitó el tiempo necesario en virtud de la prolongación de la presente audiencia fuera del horario de atención al público. Cúmplase.
Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Dra. Carmen Milano Vásquez.
El Demandante, y
su abogado asistente,
La Demandada,
La Adolescente, JULIA MARÍA DE JESÚS GAMBOA CACERES
El Secretario,
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