REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 25 de Noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: VH02-L-1999-000011.
Se da por recibida el día de hoy 25 de Noviembre de 2008, diligencia constante de Acta Transaccional para resolver el Tribunal observa: revisada como ha sido la transacción realizada en fecha 19 de Noviembre de 2008, por la ciudadana ZULEGNY BEATRIZ DIAZ MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°9.717.125, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio MATILDE ATENCIO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 14.239, parte actora en este acto y la Abogado en ejercicio BLANCA MOLERO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 52.415, apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil TECSER INGENIERIA, C.A, parte demandada en este acto y en la cual manifiestan que la parte actora ciudadana ZULEGNY BEATRIZ DIAZ MUÑOZ, intento demanda por cobro de prestaciones sociales, por la cantidad de ONCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.11.967.579,55), contra la Sociedad Mercantil TECSER INGENIERIA, C.A, encontrándose la presente causa en fase de Ejecución y en vista que la parte demandada ofrece cancelarle a la trabajadora ZULEGNY BEATRIZ DIAZ MUÑOZ, en un pago único la cantidad de SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VETIUN BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMO (Bs.69.521,54), cantidad la cual es pagada en este acto mediante cheque de Gerencia N°03626945, girado contra el Banco Occidental de Descuento, de fecha 19 de Noviembre de 2008, a nombre de la ciudadana ZULEGNY BEATRIZ DIAZ MUÑOZ, cantidad esta que incluye el cumplimiento de lo condenado en la sentencia, los intereses moratorios, intereses sobre prestaciones sociales y su debida indexación, cantidad esta que es aceptada por la ciudadana ZULEGNY BEATRIZ DIAZ MUÑOZ, parte actora, por lo cual este Tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente.
La Juez
Dra. Ana Avila.
La Secretaria.
|