REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, diez y siete (17) de noviembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2008-001445
DEMANDANTE: MEDARDO ENRIQUE CASTRO REYES c.i. n° 12.151.671
APODERADO JUDICIAL: REINALDO CASTRO I.P.S.A. N° 87.932
PARTE DEMANDADA: WILPRO ENERGY SERVICES, PIGAP II LTD
APODERADO JUDICIAL: CIUDADANO SANTIAGO RODRIGUEZ C.I. 10.336.622 COORDINADOR DE RRHH. Y ANA SILVA I.P.SA. N° 36.086
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR.
En fecha tres (03) de octubre del año dos mil ocho (2008), el Ciudadano MEDARDO ENRIQUE CASTRO REYES, se presentó ante estos Juzgados del Trabajo a los efectos de incoar demanda por concepto de CALIFICACION DE DESPIDO REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR.
Recibido dicho asunto en fecha tres (3) de octubre de 2008, se procedió a Admitir el día seis (6) del mismo mes y año y se libró el correspondiente Cartel de Notificación al demandado, cumpliendo así lo dispuesto en la Ley Adjetiva Laboral.
Dado que ambas partes en este Proceso se encuentran debidamente notificadas a tenor de lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley adjetiva laboral, En fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil ocho (2008), tiene lugar el inicio de audiencia preliminar según consta en autos fijandose su prolongación para esta fecha .Este Juzgado dejó constancia en Acta que realizado el anuncio por parte del Ciudadano Alguacil de esta Coordinación del Trabajo de la celebración de la Audiencia a la hora fijada, NO COMPARECE la parte demandante ni por sí ni por Apoderado Judicial Alguno.
Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, cuya falta acarrea las consecuencias jurídicas que dispone la propia Ley Adjetiva Laboral para la parte que no cumpla con su carga procesal, lo que conlleva forzosamente al Tribunal a dictar decisión oral conforme el caso.
DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar de la parte demandante en este procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO incoado por el Ciudadano MEDARDO ENRIQUE CASTRO REYES en contra de WILPRO ENERGY SERVICES, PIGAP II LTD.
Publíquese y Regístrese la presente Decisión en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los diez y siete (17) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008). 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
DIOS y FEDERACIÓN
LA JUEZA
Abogada DERVIS PEREZ MARTINEZ
LA SECRETARIA (O)
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA (O)
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