REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO
198º y 149º

Vista la diligencia anterior de fecha doce de agosto del año dos mil ocho, suscrita y consignada por el ciudadano JOSE ENRIQUE CHOURIO LAVADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.641, actuando en su condición apoderado judicial del Estado Monagas, según consta poder debidamente autenticado en fecha 30 de septiembre del 2.008, anotado bajo el N° 19, tomo 349 de los libros de autenticaciones llevados por la Notaria Primera de Maturín, Estado Monagas, donde solicita se acuerde la ocupación previa solicitada en la demanda de EXPROPIACIÓN, que interpusiera su representada para la construcción de la Vía sector Merecure – Altos de Potrerito, Troncal 13, Municipio Cedeño del Estado Monagas, y por cuanto el Tribunal observa que están cumplidos los requisitos legales exigidos en los articulo 51 y 52 de la Ley de Expropiación por causa de utilidad pública o social como son: aviso al propietario y ocupante; b) Previa notificación de los propietarios y este no formulo objeción alguna en relación a la expropiación y en fecha 14 de agosto del 2.008, los propietario aceptan y reciben los cheques consignados por el EJECUTIVO DEL ESTADO MONAGAS, representado por la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS, por una monto el primero de y c) consignación de la cantidad en la cual se avalúo el inmueble, este Juzgado acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia se decreta LA OCUPACIÓN PREVIA solicitada en el Libelo de la demanda, concretamente del Inmueble, cuya ubicación, cabida, linderos y demás determinaciones constan en la solicitud de expropiación respectiva.-
Los mencionados inmuebles se encuentran enclavados de la Vía sector Merecure – Altos de Potrerito, Troncal 13, Municipio Cedeño Estado Monagas, las siguientes superficie PRIMERO: CIEN ( 100) hectáreas de terreno comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Via Jusepín – Caicara; SUR: Rió Guarapiche, y terrenos de Deocrecio Reyes; ESTE: Terrenos Ocupados por Carlos Pérez; y Oeste: Terrenos Ocupados por Los Hermanos Sánchez, ubicados el Noroeste del estado Monagas, Vía Caicara de Maturín, Estado Monagas, y SEGUNDO: Sobre una superficie de VEINTE (20) Hectáreas de terreno, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terrenos que son o fueron propiedad del Nicolás Acevedo; SUR: Rió Guarapiche; ESTE: Rió guarapiche; y Oeste: Rió Guarapiche, ubicados el Nor- Oeste del Estado Monagas, Vía Caicara de Maturín, Municipio Cedeño del Estado Monagas. Se pone en posesión del inmueble objeto de la expropiación del EJECUTIVO DEL ESTADO MONAGAS.




Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

La Secretaria,

Exp. N° 31.220
Ojs