REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIECISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.
198º y 149º
Visto el desistimiento suscrito en el ciudadano WILMER RAMON CARABALLO ANDERICO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.147.789, de este domicilio, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil “E & W SUPPLY C..A, debidamente asistido en este acto por el Dr. CARLOS BALZA SOLE, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.758, parte demandante en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES, intentado en contra la sociedad mercantil FMF CONSTRUCCIONES C..A, y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIIVL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho desistimiento.
Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Exp. N° 30.872
ojs La Secretaria
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