REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, veinticuatro (24) de noviembre de 2008.
196º y 148º

HOMOLOGACION DE TRANSACCION.

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002215
PARTE ACTORA: LEANDRO MORA, titular de la cédula de identidad: 15.623.454.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES AMBIENTALES, C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.


Revisada como ha sido la transacción presentada, en fecha 07 de noviembre de 2008, por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, suscrita por el ciudadano ROBINSON ROSALES, en su carácter de Presidente de la empresa ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES AMBIENTALES, C.A. asistido por el abogado Gerardo Virla, por una parte y por la otra el ciudadano LEANDRO MORA asistido por el abogado Fernando Atencio, todos amplia y suficientemente identificados en autos. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del ex trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

La Juez
La Secretaria.
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Mgs. Judith del Carmen Castro
Abog. Marilú Dévis.