JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA

Maracaibo, 15 de mayo de 2008
198° - 149°
Exp. N° 853-07

En el presente Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la República Bolivariana de Venezuela contra la contribuyente NIÑOS CANTORES TELEVISIÓN, C.A. (NCTV), en fecha 14 de abril del presente año este Tribunal homologó la solicitud del abogado GERARDO ENRIQUE LUZARDO CABRERA, en representación de la República, conforme a la cual pidió declarar extinguido el presente proceso en virtud de que la contribuyente demandada canceló las obligaciones reclamadas
Aun cuando dicha decisión salió a término, el Tribunal procedió a notificar a la Procuradora General de la República, en la persona de su apoderada constituida en juicio, abogada ELENA ORIA, lo cual se evidencia de la boleta agregada a actas en fecha 16 de abril de 2008.
Luego de dicha notificación no hubo actividad recursiva alguna por parte de la República, por lo cual con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial, el Tribunal observa que el lapso para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario, se venció el 14 de mayo de 2008.
Es razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso de recurrir y observándose la inactividad de la parte actora en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la decisión dictada en fecha 14 de abril de 2008, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,

Dr. Rodolfo Luzardo Baptista
El Secretario Temporal,

Abg. Manuel Ángel Molina.

Resolución No. _______-2008.-

RLB/dcz