REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS
Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 20 de Mayo de 2008
198° y 149º
RESOLUCIÓN N° 532-08 CAUSA N° 5E-018-01
Por cuanto se observa que hasta la presente fecha la Orden de Aprehensión librada al penado WILLIAM JOSE BLANCO SEGOVIA, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, de 37 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 9.796.631 hijo de Rosa Segovia y Rafael Blanco lugar de residencia en el sector Nueva Vía, calle 71 casa 28-140 Maracaibo Estado Zulia,por este Juzgado en la presente causa no se ha hecho efectiva, este Tribunal acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalisticas, Delegación del Zulia, al Comandante del Core N° 3 de la Guardia Nacional, a la Policía Regional del Estado Zulia, a la Policía del Municipio San Francisco, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (O.N.I.D.E.X) Estado Zulia, y a la Policía del Municipio Maracaibo, a los fines de ratificar la mencionado orden. Cúmplase con lo ordenado en el presente auto. Ofíciese.
LA JUEZ QUINTO DE EJECUCION
DRA. MILAGROS SOTO CALDERA.
LA SECRETARIA
ABOG. LIS NORY ROMERO
En la misma fecha se dio cumplimiento lo ordenado y se libraron los respectivos oficios.
LA SECRETARIA
Causa No. 5E-018-01
MSC/as.-
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