REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE
EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

Maracaibo, 19 de Mayo de 2008
197° y 148°

RESOLUCIÓN N° 320-08. CAUSA 2E-013-06


Vista la solicitud suscrita por la Defensora Publica N° 07 en Fase de Ejecución Abg. EVA BARRIOS, mediante la cual solicita Permiso Especial a favor del Destacamentario RAMÍREZ JOSEGERALDO DE JESUS, portador de la cedula de identidad N° 7.735.110, a los fines de trasladarse a Palmarito y a Carora Estado Lara, en el Sector Cerro Verde, para ir a la Notaria Pública de Carora, para realizar tramites relacionados a la firma del documento de Compra Venta de un Fundo Agropecuario; este tribunal pasa a resolver y lo hace bajo las siguientes consideraciones:
Consta en actas que el referido penado fue condenado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio de GERARDO APRUZZESE, GASTON PAZ, JOSÉ ROJAS.
Asimismo se observa que al mencionado penado mediante Resolución No. 230-08 de fecha 21-04-2008, le fue otorgado el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO, ordenándose su ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario Insp. RAFAEL OCHOA CASTRO, hasta la presente fecha, por lo que esta Juzgadora considera procedente en derecho OTORGAR al penado JOSERALDO DE JESUS a los fines de que se traslade a Palmarito y Carora Estado Lara, en el Sector Cerro Verde, a los fines de dirigirse a la Notaria Pública de Carora, ubicada en la avenida San Francisco de Miranda, C.C. Cuidad del Sol, Segundo Piso, oficina 6 y 7 para la firma del documento de compre venta de un Fundo Agropecuario, desde el día de hoy 19-05-2008 hasta el 23-05-2008, a las 6:00 PM y ambas fechas inclusive, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al penado RAMÍREZ JOSERALDO DE JESUS, de nacionalidad Venezolana, ,portador de la cedula de identidad N° 7.735.110, Natural de Ciudad Ojeda, de 46 años de edad, profesión u oficio conductor, estado civil soltero, hijo de Pedro León y de Carmen Ramírez, domiciliado en el barrio Eleazar López Contreras, calle ancha la invasión, segunda casa, Ciudad Ojeda Municipio Lagunillas del Estado Zulia; quien se encuentra disfrutando del BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, desde el día de hoy 19-05-2008 hasta el 23-05- 2008, a las 6:00 PM y ambas fechas inclusive, a los fines de que se traslade a Palmarito y a Carora Estado Lara, en el Sector Cerro Verde, para dirigirse a la Notaria Pública de Carora, ubicada en la avenida San Francisco de Miranda, C.C. Cuidad del Sol, Segundo Piso, oficina 6 y 7 para la firma del documento de compre venta de un Fundo Agropecuario, solicitado por la Defensa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debiendo presentarse el día 23-05-2008, a las (6:00 PM), por ante el Centro de Tratamiento Comunitario y por ante este Tribunal, el día 26-08-2008. Asimismo se Acuerda oficiar a la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario Insp. RAFAEL OCHOA CASTRO, a los fines de notificarle de la presente Resolución, librese la correspondiente Constancia. Registrase la presente Decisión. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público y a la defensa.
LA JUEZA SEGUNDA DE EJECUCIÓN,



ABOG. PATRICIA NAVA QUINTERO

EL SECRETARIO,


ABG. ERNESTO ROJAS

En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el Nº 320-08, se libro la correspondiente Constancia y notificaciones, se oficio bajo los Nos. 3528-08, 3529-08 y 3530-08.-


EL SECRETARIO,


ABG. ERNESTO ROJAS