República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Juzgado Primero de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia
Santa Bárbara de Zulia, 30 de Mayo de 2008
198º y 149º
Decisión N° 0392 - 2008 Causa N° C.01-1908.2007
De una revisión realizada al legajo de trámite reservado de la medida de protección acordada a la ciudadana YASMIRE DEL ROSARIO GARCIA MADERO, se observa que por decisión N° 0475-2007, de fecha 02 de Noviembre de 2007, a solicitud del ciudadano EINER ELIAS BIEL MORALES, Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, se prorrogó hasta por seis (06) meses, la medida de protección acordada a favor de la ciudadana YASMIRE DEL ROSARIO GARCIA MADERO, y de su entorno familiar, por cuanto no han desaparecido las circunstancias de riesgo que motivaron la medida de protección. Consta en dicha decisión, que la prorroga comenzaría cuando finalizara el plazo por el cual fue acordada inicialmente, esto es, a partir del día 24 de Noviembre de 2007. Siendo así, el término por el cual fue otorgada la prorroga de la medida de protección a favor de la ciudadana YASMIRE DEL ROSARIO GARCIA MADERO, ha finalizado; no obstante lo anterior, esto es, haber finalizado el término por el cual fue prorrogada la medida de protección, estima el Juzgador que dicha medida de protección, debe prorrogarse una vez mas, toda vez que no consta en actas, que hayan desaparecido las circunstancias de riesgo que motivaron la medida de protección. Aunado a lo anterior, la ciudadana YASMIRE DEL ROSARIO GARCIA MADERO, acudió por ante este Despacho el día 26 de Mayo de 2008, en horas de la mañana para manifestar que el Juicio donde figura como víctima no se ha celebrado, que se encuentra fijado para el día 18 de Junio de 2008. Por lo tanto, se prorroga una vez mas y hasta por tres (03) meses, la medida de protección dictada a favor de la ciudadana YASMIRE DEL ROSARIO GARCIA MADERO, y de su entorno familiar. Todo de conformidad con el artículo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales. Así se decide.
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRORROGA una vez mas y hasta por tres (03) meses, la medida de protección dictada a favor de la ciudadana YASMIRE DEL ROSARIO GARCIA MADERO, y de su entorno familiar. Dicha prorroga comenzará desde el día 25 de Mayo de 2008. Todo de conformidad con el artículo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales. Regístrese y Notifíquese la presente decisión. Cúmplase.
El Juez de Control,
Abg. José Luis Molina Moncada
La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández Fernández
En esta misma fecha se registró la presente decisión bajo el Nº 0392 - 2008 y se ofició bajo los Nos. 1449 y 1450 - 2008.
La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández Fernández
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