REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Maracaibo, 13 de Mayo de 2008
198° y 148°
Decisión N° S-073-08 Causa Nº 9C-S-272-07
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, asistida por el ciudadano ABOGADO HEBERT RAMOS, sobre la entrega del VEHICULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR; este Tribunal con fundamento en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve de la manera siguiente:
DEL CONTENIDO DE LAS ACTAS
Observa este Tribunal que en fecha 14-04-2008, este Despacho recibe solicitud por parte de la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, asistida por el ciudadano ABOGADO HEBERT RAMOS, sobre la entrega del VEHICULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR, solicitando al Tribunal requiera de la Fiscalía Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en la investigación N° 24-F8-0325-08; por lo que una vez recabada por este Tribunal dicha investigación y revisadas las actas, se observan las actuaciones siguientes:
• ACTA POLICIAL, de fecha 25-02-2008, donde la Guardia Nacional, Comando Regional N° 3, Destacamento N° 35, Primera Compañía, deja constancia que el vehículo identificado con los seriales siguientes: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR, era conducido por el ciudadano HENDRY JOSÉ RAMIREZ RAMIREZ, quien presentó copia simple de la entrega emanada del Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, N° S-162-07, en calidad de DEPÓSITO a la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SANCHEZ ROJAS;
• COPIA DE LA RESOLUCIÓN N° S-162-07, de fecha 19-12-2007, donde el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, entrega en CALIDAD DE DEPÓSITO el vehículo identificado con los seriales siguientes: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR, a la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SANCHEZ ROJAS, Cédula de Identidad N° 17.736.583, con la prohibición de enajenar, gravar o disponer del mismo;
• EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO, de fecha 25-02-2008, por la Guardia Nacional, Comando Regional N° 3, Destacamento N° 35, Primera Compañía al vehículo identificado con los seriales siguientes: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR, concluyendo que: 1.- el serial de carrocería BODY 8XAJ122G039509480, fijada en la parte lateral izquierda del motor es FALSA; 2.- el serial de carrocería 8XAJ122G039509480, fijada en la parte lateral derecha del motor es FALSA; y con dicho serial no presenta solicitud alguna por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a nivel nacional.
DE LOS FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Analizadas las actas, considera este Tribunal que si bien es cierto, al momento de ser retenido nuevamente el vehículo de actas, el mismo era conducido por una persona distinta a la persona a quien este Tribunal por decisión N° S-162-07, de fecha 19-12-2007, ordenó entregar en calidad de depósito bajo el N° S-162-07, de fecha 19-12-2007, como lo fue a la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, respecto del VEHICULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR; con la prohibición de enajenar, gravar o disponer del mismo; no es menos cierto, que en dicha decisión no se establece claramente esta situación, respecto a quien debe conducirlo, porque tomando en cuenta que estando el mismo en esta condición legal, la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, está en la obligación de cuidar el mismo como un “Buen Padre de Familia”, lo que implica que debe ser ella y no otra persona quien puede conducir o poseer dicho vehículo, porque el vehículo de actas le fue dado para que lo resguarde y por ello, este Tribunal considera que puede ser devuelto a la misma, con la expresa prohibición de que lo conduzca persona distinta a la misma, por lo que este Tribunal ORDENA NUEVAMENTE LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPÓSITO del VEHICULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR; a la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, con la prohibición de enajenar, gravar o disponer de cualquier modo jurídico del mismo y que sólo puede ser conducido por la a la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, o de lo contrario, debe entenderse como incumplimiento del Mandato Judicial emanado de este Juzgado; de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.-----------------------------------------------------------------
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: ORDENA NUEVAMENTE LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPÓSITO del VEHICULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SPORT WAGON, MARCA: DAIHATSU, MODELO: TERIOS COOL, PLACAS: PAJ-35V, SERIAL DE CARROCERIA: 8XAJ122G039509480, SERIAL DEL MOTOR: K3VE, COLOR: PLATA, AÑO: 2.003, USO: PARTICULAR; a la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, con la prohibición de enajenar, gravar o disponer de cualquier modo jurídico del mismo y que sólo puede ser conducido por la ciudadana MARIELA DEL CARMEN SÁNCHEZ ROJAS, Cédula de identidad N° 17.736.583, o de lo contrario, debe entenderse como incumplimiento del Mandato Judicial emanado de este Juzgado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ORDENA la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalia 8° del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de continuar con la investigación, una vez vencido el lapso de ley. Regístrese la presente decisión, Publíquese y notifíquese.-
LA JUEZ NOVENO DE CONTROL,
DRA. EGLEE RAMIREZ.
LA SECRETARIA,
ABGADA VERÓNICA VALBUENA.
En la misma fecha, la anterior decisión quedó registraba bajo el S-073-08 en el Libro de Decisiones llevados por este Tribunal. Se libró oficio N° 1926-08 al Departamento de Alguacilazgo.
LA SECRETARIA,
ABGADA VERÓNICA VALBUENA
Causa N° 9C-S-272-07
INVESTIGACIÓN FISCAL N° 24-F8-0325-08
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