República Bolivariana de Venezuela





Poder Judicial
Circuito Judicial Penal del Estado Zulia
Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 07 de Mayo de 2008
198° y 149°

Decisión N° 929-08 Causa Nº 1S-348-08

Visto la solicitud del VEHÍCULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: FORD, MODELO: ZEPHYR, AÑO 1979: COLOR: GRIS, SERIAL DE CARROCERIA: AJ32VY47251, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, PLACA: VBJ483, USO: PARTICULAR; por parte del ciudadano JACOB VALERA AZUAJE, titular de la cédula de identidad N° 17.597.111; este Tribunal con fundamento en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Resuelve de la manera siguiente:
Observa este Tribunal, que en fecha 12 de Diciembre del 2007, este Despacho recibe solicitud por parte del ciudadano del ciudadano JACOB VALERA AZUAJE, titular de la cédula de identidad N° 17.597.111; la entrega del vehículo CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: FORD, MODELO: ZEPHYR, AÑO 1979: COLOR: GRIS, SERIAL DE CARROCERIA: AJ32VY47251, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, PLACA: VBJ483, USO: PARTICULAR; por lo que este Tribunal solicita a la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la investigación Nº 24-F14-4151-07, relacionada al vehículo, cuyas características son: CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: FORD, MODELO: ZEPHYR, AÑO 1979: COLOR: GRIS, SERIAL DE CARROCERIA: AJ32VY47251, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, PLACA: VBJ483, USO: PARTICULAR; y en la cual se recibe la Investigación N° 24-F14-4151-07 de la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público, donde se observan las siguientes actas:
• Acta Policial, de fecha 13 de noviembre del 2007, suscrita por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo Policial del Municipio Maracaibo, donde dejan constancia de la Colisión entre vehículo con lesionado, entre los vehículos: Placas VBJ-483, Marca Ford, Modelo Zephyr, Color Gris, Tipo Sedan, Año: 1979, Clase Automóvil, Serial de Carrocería AJ32VY47251, conducido por Maryon Luis Ferrer y el Vehículo Placas WAA-676, Marca Suzuki, Modelo AX100-2, color Gris, Tipo Paseo, Alo 1979, Clase Motocicleta, Serial de Carrocería 9FSBE11A16C conducido por Eudomar José Villalobos.
• Con el Reporte del Accidente, elaborado por el Instituto Autónomo Policía del Municipio Maracaibo. En fecha 13-11-2007.
• Croquis de Posición de Accidente de Tránsito, elaborado por el Instituto Autónomo Policía del Municipio Maracaibo, de fecha 13-11-2007.-
• Acta de Experticia de Vehículo, de fecha 08-01-2008, al vehículo MARCA: FORD, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, AÑO: 1979, PLACA: VBJ-483, COLOR: GRIS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32VY47251, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL PLACA BODY: 47251, emanada por el Instituto Autónomo Policía del Municipio Maracaibo, donde se deja constancia que presenta: 1.- Que El Serial Carrocería se encuentra SUPLANTADO. 2.- Que El Serial Placa Body se encuentra FALSO. 3.- Que El Serial de Motor es ORIGINAL y 4.- Que El Color actual es GRIS;
• C opia del Documento Notariado de Compra-Venta, ante la Notaria Pública Segunda de Maracaibo, de fecha 23 de Noviembre de 2007, entre la ciudadana OLIDA DE LOS REYES MONTILLA FEREIRA, titular de la cédula de identidad N° 5.047.867 al ciudadano JACOB VALERA AZUAJE titular de la cédula de identidad N° 17.597.111;
• Acta de Experticia de Vehículo, de fecha 01-04-08, al vehículo MARCA: FORD, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, AÑO: 1979, PLACA: VBJ-483, COLOR: GRIS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32VY47251, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL PLACA BODY: 47251, emanada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Área de Experticia de Vehículo, donde se deja constancia que presenta: 1.- Que Presenta la Chapa del Tablero SUPLANTADA 2.- Que presenta la Chapa de Carrocería en la Puerta del Lado del Conductor SUPLANTADA. 3.- Que Presenta la Chapa de Carrocería Body FALSA. 4.- Que presenta el Serial de Seguridad FALSO y grabado en un área virgen. y 5.- Que presenta el Motor de 6 Cilindros;

Ahora bien, revisadas como han sido las presentes actuaciones, observa que según Experticia de Reconocimiento practicada por el Instituto Autónomo Policía del Municipio Maracaibo, al vehículo: MARCA: FORD, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, AÑO: 1979, PLACA: VBJ-483, COLOR: GRIS, SERIAL DE CARROCERÍA: AJ32VY47251, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, SERIAL PLACA BODY: 47251, presenta El Serial Carrocería SUPLANTADO. El Serial Placa Body se encuentra FALSO, e igualmente según experticia de Reconocimiento practicada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, al referido vehículo presenta la Chapa del Tablero SUPLANTADA, presenta la Chapa de Carrocería en la Puerta del Lado del Conductor SUPLANTADA, que Presenta la Chapa de Carrocería Body FALSA; que presenta el Serial de Seguridad FALSO y grabado en un área virgen; en consecuencia, este tribunal considera que lo procedente y Ajustado a Derecho es NEGAR la entrega Material del vehículo plenamente identificado en actas, solicitado por el ciudadano JACOB VALERA AZUAJE, titular de la cédula de identidad N° 17.597.111, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 312, del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.
DECISIÓN

Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENAR LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO del vehículo, cuyas características son: VEHÍCULO, cuyas características son: CLASE: AUTOMÓVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: FORD, MODELO: ZEPHYR, AÑO 1979: COLOR: GRIS, SERIAL DE CARROCERIA: AJ32VY47251, SERIAL DE MOTOR: 6 CILINDROS, PLACA: VBJ483, USO; al ciudadano JACOB VALERA AZUAJE, titular de la cédula de identidad N° 17.597.111, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 311 y 312 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente decisión, Publíquese y notifíquese.-

LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

DRA. SILVIA CARROZ
EL SECRETARIO,

ABOG. ANDRÉS URDANETA

En la misma fecha, la anterior decisión quedó registraba bajo el N° 929-08 en el Libro de Registro de decisiones llevado por este Tribunal en el presente año. Se libra oficio N° 1544-08 al Departamento de Alguacilazgo librando las boletas de notificación.-

EL SECRETARIO,

ABOG. ANDRÉS URDANETA.