REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL Nº 4


EXP: 10863
CAUSA: REVISION DE SENTENCIA POR OBLIGACION DE MANUTENCION
PARTES: MARIA TERESA GOMEZ U RDANETA
FIDEL ANTONIO GONZALEZ CHACON

PARTE NARRATIVA

El presente procedimiento se inició por ante el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por solicitud de REVISION DE SENTENCIA POR OBLIGACION DE MANUTENCION, suscrito por la abogada MERVIS ARRIETA OSORIO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 14.650,actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA TERESA GOMEZ URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.143.352, en beneficio de los niños y/o adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y en contra del ciudadano FIDEL ANTONIO GONZALEZ CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.629.797.-

Mediante auto dictado en fecha 27 de Marzo de 2007, procedió este Tribunal a darle entrada a la presente causa, y se ordenó lo conducente a la presente causa.-

Con fecha 09 de Abril de 2007, se dio por notificada la Fiscal Trigésima Segunda del Ministerio Público y agregada a las actas en fecha 12 de Abril e 2007.-

Por auto de fecha 22 de Mayo de 2008 el Abogado Marlon Barreto Ríos, se avoco al conocimiento de la presente causa; en virtud de haber sido designado como Juez Provisorio de esta Sala de Juicio N° 4 del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.-

PARTE MOTIVA
En este orden de ideas esta Juzgadora, tomando en consideración el contenido del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece:
“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención….”

En el caso que nos ocupa se puede observar que desde el día 27 de Marzo de 2.007 hasta el día de hoy, transcurrió más de un año sin que ninguna de las partes realizara algún acto de impulso procesal, por lo que la situación planteada se encuadra perfectamente dentro de los parámetros establecidos en el Artículo supra señalado, por lo que la presente causa se encuentra perimida. Así se declara.-

PARTE DISPOSITIVA
DECISION

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio- Juez Unipersonal Nº 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
a) LA PERENCION DE INSTANCIA en el presente juicio de REVISION DE SENTENCIA POR OBLIGACION DE MANUTENCION, suscrito por la ciudadana MARIA TERESA GOMEZ URDANETA en contra del ciudadano FIDEL ANTONIO GONZALEZ CHACON, antes identificados y en relación con los niños y/o adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD).-
b) TERMINADA la presente causa. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente.-
No hay condenatoria de constas debido a la naturaleza del proceso.-
Publíquese, Regístrese y Notifíquese. Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el artículo 248 ejusdem.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los veintidós (22) días del mes de Mayo de 2008.- Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-

EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA


ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA

EN LA MISMA FECHA, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LAS FORMALIDADES DE LEY SE DICTO Y PUBLICÓ LA ANTERIOR SENTENCIA INTERLOCUTORIA BAJO EL N° 130. LA SECRETARIA.
EM/natalia