Exp: 2860
República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1
PARTE NARRATIVA
Consta de los autos, cheque N° 03463777, de fecha 14 de Abril de 2008 emanado de BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, contra el Banco Occidental de Descuento y montante a la cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON 43/100 (Bs.F.944,43), a favor de los niños, niñas y/o adolescentes JOSUÉ ENRIQUE Y DUBIS MARIA URDANETA OBERTO.
La anterior solicitud fue recibida del órgano distribuidor y el Tribunal mediante auto de fecha 12 de Mayo de 2007, se le dio entrada y admitió en fecha 13 de Mayo de 2008, cuanto ha lugar en Derecho ordenándose darle numeración al mismo y que en auto por separado se resolverá lo conducente.
PARTE MOTIVA
UNICO
Observa, este Juzgador que consta en autos, cheque consignado a favor de los niños, niñas y/o adolescentes JOSUÉ ENRIQUE Y DUBIS MARIA URDANETA OBERTO, los cuales no poseen libre administración de sus bienes, este Tribunal atendiendo al principio del Interés Superior del Niño establecido en el artículo 8 que establece:
“ARTICULO 8: “El Interés Superior del Niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños y adolescentes. Esta principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno de sus derechos y garantías.”
Analizadas las actas procesales, es por lo que este Tribunal ordena a los fines de salvaguardar los intereses y los bienes de los niños, niñas y/o adolescentes JOSUÉ ENRIQUE Y DUBIS MARIA URDANETA OBERTO, aperturar una cuenta de ahorros en el Banco de Fomento de los Andes a nombre de los referidos niños, niñas y/o adolescentes JOSUÉ ENRIQUE Y DUBIS MARIA URDANETA OBERTO y a la disposición del Tribunal. Así se decide.
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 1, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Ordena:
1) Abrir una (1) Cuenta de Ahorros Código 11 a nombre de JAIRO ENRIQUE URDANETA, cuyos beneficiarios son los niños, niñas y/o adolescentes JOSUÉ ENRIQUE Y DUBIS MARIA URDANETA OBERTO y a la disposición del Tribunal en Banfoandes.
2) Consignar en actas copia certificada del acta de defunción del causante y de las actas de nacimiento de los niños y/o adolescentes de autos.
3) Notificar de la iniciación de este procedimiento al ciudadano Fiscal Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de conformidad a lo establecido en el artículo 170 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Despacho del Juez Unipersonal No. 1, en la ciudad de Maracaibo, el (15) de Mayo de 2008. Año 197° de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez Titular Unipersonal No. 1:
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO
La Secretaria .
ABOG. ANGELICA MARIA BARRIOS
En la misma fecha, en horas de despacho se publicó el fallo anterior y quedó registrado bajo el Nº 168, en el registro de Solicitudes de bienes llevado por este Tribunal. Se oficio bajo el Nº 08-337 y se libró boleta de notificación. La Secretaria.
HRPQ/691*
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1
Nº__02860
Maracaibo, 15 de Mayo de 2008
197º y 149º
A la ciudadana Fiscal Especializada del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Zulia, que con esta misma fecha, se ha iniciado ante este Órgano Jurisdiccional un procedimiento contentivo de CONSIGNACION DE CHEQUE solicitado por el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO a favor de los niños, niñas y/o adolescentes JOSUÉ ENRIQUE Y DUBIS MARIA URDANETA OBERTO.
Notificación que se le hace de conformidad con lo previsto en el artículo 170 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente
FIRMARA Y DEVOLVERA COMO CONSTANCIA
JUEZ TITULAR UNIPERSONAL Nº 1
DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO
LA NOTIFICADA
Notificada el ciudadano Fiscal Especializado del Ministerio Público del Estado Zulia, hoy_______________________________________________________,
En fecha____________ me fue entregada la presente boleta por el alguacil de este Tribunal.
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA
República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio –Juez Unipersonal N° 1
Maracaibo, 15 de Mayo de 2008
197° y 148°
Oficio N° 08-_________/Exp.02860
Ciudadano:
GERENTE DE BANFOANDES
Ciudad.-
Anexo remito a Usted, Cheque signado con el Nos 03463777, de fecha 14 de Abril de 2008, contra Banco Occidental de Descuento y montante a la cantidad NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES CON 43/100 (Bs.F.944,43), a los fines de que se proceda a la apertura de una cuenta de ahorros Código 11 a nombre de JAIRO ENRIQUE URDANETA, titular de la cédula de identidad N° 5.047.707, cuyos beneficiarios son de los niños, niñas y/o adolescentes JOSUÉ ENRIQUE Y DUBIS MARIA URDANETA OBERTO, correspondiente al expediente N° 02472. La referida cuenta de ahorro estará exenta de todo tipo de cargos por servicios bancarios, así como el Impuesto al Debito bancario de acuerdo a lo estipulado en el Código de Procedimiento Civil en el artículo 823 y en lo establecido en la Ley de Impuesto al Debito Bancario en los artículos Nros. 14 y 15. La cuenta de ahorro solo podrá ser movilizada con la autorización del Juez y Secretario mediante oficio.
En consecuencia, sírvase impartir las instrucciones conducentes al cabal cumplimiento de la presente resolución.
Dios y Federación.
Dr. Héctor Ramón Peñaranda Quintero
Juez Titular Unipersonal Nº 1
Abog. Angélica Maria Barrios
La Secretaria
HRPQ/691*
ANEXO: UN (01) CHEQUE
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