REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 06 de Mayo de 2008
198º y 149º
Visto el escrito de fecha 08 de Abril del presente año, presentado por la ciudadana MASSIEL TORRES ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.796.861, asistida por el abogado en ejercicio OSCAR GONZALEZ ADRIANZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.523, en el cual solicita la suspensión de medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia, suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Juzgado en fecha 16 de Mayo de 2001, recaída sobre un inmueble propiedad de la demandada Sociedad Mercantil CONSULTORES GERENCIALES UNIVERSALES, C.A. (CONGERCA), hoy de la ciudadana MASSIEL TORRES ROSALES, antes identificada, tipo apartamento signado bajo el No. A-9, del Conjunto Residencial Villa San Isidro, ubicado en el Sector El Perú, avenida 8 del Municipio San Francisco del Estado Zulia, y cuyos linderos son: NORTE, linda con el pasillo de circulación horizontal y sus medidas son de siete metros con cincuenta centímetros (7,50 Mts.); SUR, linda con el patio área de servicio y mide siete metros con cincuenta centímetros (7,50 Mts.); ESTE, linda con el apartamento A-8 y mide ocho metros con noventa centímetros (8,90 Mts.); al OESTE, linda con el apartamento A-10 y mide diez metros con ochenta centímetros (10,80 Mts.); y el área de construcción de ochenta y tres metros cuadrados con veintisiete decímetros cuadrados (83,27 Mts.2), y que le pertenece a la Sociedad Mercantil CONSULTORES GERENCIALES UNIVERSALES, C.A. (CONGERCA), según documento de condominio protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 21 de Diciembre de 1.999, bajo el No. 39, Protocolo 1°, tomo 11, Cuarto Trimestre; y a la ciudadana MASSIEL TORRES ROSALES, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 06 de Febrero de 2.001, bajo el No. 11, Protocolo 1°, tomo 6, Primer Trimestre.- Ofíciese.-
El Juez Provisorio, La Secretaria,
Dr. Carlos Rafael Frías Maria Rosa Arrieta Finol
CRF/jspl.-