REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO


JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 16 de Mayo de 2008.
198° y 149ª
Vista la diligencia de fecha 14 de mayo del presente año suscrita por la abogada en ejercicio ZOBEIDA TORRES DE HERNÁNDEZ, donde alega que el inmueble que ocupa su representada necesita una reparación mayor como es la impermeabilización y donde se ofreció realizarla y el monto se le fuera descontado de los cánones de arrendamiento, el Tribunal NIEGA lo solicitado toda vez que lo mismo es materia arrendaticia que se rige por la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios distinto al proceso que se está ventilando, por lo tanto el arrendatario debe recurrir por esa vía para hacer valer lo solicitado sobre los daños mayores y responsabilidad a exigir sobre asumir los gastos con autorización del arrendador.- Así se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO,

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS.- LA SECRETARIA,

MARIA ROSA ARRIETA F.

CRF/pg.-