Exp. 45.267/DSMR/A.4
Homologado
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 19 de Mayo de 2008
198° y 149°
Ocurre por ante este Juzgado la ciudadana TAVANET BERENISA PERÉZ MORALES, venezolano, mayor, titular de la cédula de identidad No.5.800.358 y de este domicilio, actuando en su carácter de parte actora, debidamente asistida por la abogada en ejercicio JAVIER SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.56.367, en la cual expone que desiste del procedimiento de Separación Contencioso de Cuerpos incoada en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad No.5.170.071, domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, y compareciendo el ciudadano JOSE ANTONIO FERNÁNDEZ, antes identificado a consentir el desistimiento planteado por la parte actora, debidamente asistido por el profesional del derecho DARCELO MANUEL FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.10.310, y solicita se le imparta el carácter de cosa juzgada y se ordene la suspensión de las medidas decretadas en la presente causa.
FUNDAMENTOS DE DERECHOS
Ahora bien, pasa esta Juzgadora a dilucidar los presupuestos de derecho en lo que respecta a los modos anormales de terminación del proceso, la cual se define como Auto composición procesal, el cual tiene la misma eficacia que la sentencia, que comprende varias especies:
A) Bilaterales que corresponde a la Transacción y Conciliación. Y
B) Unilaterales que se refiera al desistimiento y convenimiento en la demanda.
Teniendo una limitación por cuanto se excluyen en los conflictos sobre derechos o relaciones indisponibles, como los relativos al estado y capacidad de las personas y en general, en las controversias que interesan al orden público y las buenas costumbres. (Según RENGEL ROMBERG, titulada Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, tomo II).
Siendo que la Auto composición procesal referente a la transacción se encuentra prevista en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone lo siguiente:
“La transacción tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada”
Siendo definida por el Código Civil venezolano en el artículo 1.713 que expresa lo siguiente:
“La transacción en un contrato por el cual las partes, mediante reciprocas concesiones terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual” (Cursiva del Tribunal).
Así mismo, la Conciliación encuentra su fundamento legal en el Código de Procedimiento Civil en el artículo 257 que dispone:
“En cualquier estado y grado de la causa, antes de la sentencia, el Juez podrá excitar a las partes a la conciliación, tanto sobre lo principal como sobre alguna incidencia, aunque ésta sea del procedimiento, exponiendo las razones de conveniencia”, este modo anormal de terminación del proceso tiene como característica principal que se diferencia de la Transacción en que existe mediación del Juez, sin la cual no se tiene la conciliación y que no existe transacción.
Otro medio anormal de terminación del proceso son el: Desistimiento y el convenimiento en la demanda que tiene como característica la expresión de voluntad unilateral de una de las partes, la cual es definida por el autor RENGEL ROMBERG, titulada Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo II, que dispone lo siguiente:
“El desistimiento es la declaración unilateral de voluntad del actor por la cual éste renuncia o abandona la pretensión que ha hecho valer en la demanda, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”. Así mismo existe una excepción en lo que respecta al desistimiento por cuanto su característica esencial es la expresión unilateral de voluntad del demandante sin el consentimiento del demandado, pero cuando ésta se produzca después del acto de la contestación de la demanda, es necesario la expresión de voluntad del demandado, para que tenga plena validez, según lo dispone el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido define también el Convenimiento como:
“La declaración unilateral de voluntad del demandado, por la cual éste se aviene o conforma con la pretensión del actor contenida en la demanda, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”. Estos tipos anormales de terminación del proceso encuentran su fundamento legal en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil el cual expresa:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia de pasada en autoridad de cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…….” (Cursiva del Tribunal).
Por otra parte, este Órgano Jurisdiccional pasa a determinar los efectos que producen la homologación que le imparte el Juez a los modos anormales de terminación del proceso:
a) Termina el litigio pendiente
b) Tiene entre las partes la misma fuerza que la cosa juzgada.
c) Es titulo ejecutivo, en cuanto tenga un contenido capaz de ejecución.
Una vez analizadas la argumentación doctrinaria y legislativa referente a los modos anormales de terminación del proceso mediante la celebración de autocomposición procesal que prevé el legislador en el Código de Procedimiento Civil concatenado con el Código Civil vigente.
Ahora bien, esta Juzgadora evidencia de la diligencia de fecha 30 de Abril de 2008, suscrita por la ciudadana TAVANET BERENISA PERÉZ MORALES, plenamente identificada en actas, consta de las actas la declaración unilateral de voluntad de la demandante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto consta de las actas procesales que el desistimiento planteado se produjo después del acto de contestación de la demandada, siendo requisito indispensable para la validez del desistimiento efectuado por la parte actora el consentimiento de la parte demandada, y el cual se evidencia de la diligencia antes dicha que el ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNANDEZ, plenamente identificado en actas, dio su pleno consentimiento con respecto al desistimiento interpuesto, por lo cual solicitan se le imparta el carácter de cosa juzgada y sean suspendidas todas la medida decretadas en la presente causa..
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismo no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbre y no alteran el orden público, y constatado como ha sido las facultades de los actuantes en la presente causa, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUSNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO JUDICIAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO efectuado por la ciudadana TAVANET BERENISA PERÉZ MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.800.358 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio que por SEPARACION DE CUERPOS CONTENCIOSA sigue contra el ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.170.071 y de igual domicilio, signada bajo el expediente No.45.267 de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal. En tal sentido se suspende las medidas decretadas en fecha 07 y 08 de Mayo y 26 de Julio de 2007, en la presente causa.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 del la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo a los diecinueves (19) días del mes de Mayo de dos mil ocho (2008). Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
LA JUEZ:
Dra. DILCIA MOLERO REVEROL
LA SECRETARIA:
Abog: MARIELIS ESCANDELA
En la misma fecha se dicto y público la anterior decisión, siendo las once y cincuenta minutos de la mañana (11:50am) y se oficio bajo el No.
LA SECRETARIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIAEN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 19 de Mayo de 2008
198º y 149º
Oficio No.0930-2008
Exp. No. 45.267
CIUDADANO
REGISTRADOR INMOBILIARIO DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA.-
Su Despacho.-
Comunico a usted, que este Tribunal en el juicio que por SEPARACION DE CUERPOS (CONTENCIOSA), formalizaren la ciudadana TAVANET BERENISA PERÉZ MORALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.5.800.358, domiciliada en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad No.5.170.071, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia; ha ordenado oficiarle en el sentido de participarle que por auto dictado en esta misma fecha se suspendió la Medida de Prohibición de Innovar sobre el patrimonio perteneciente a la sociedad mercantil “INVERSORA GLOBAL DE VENEZUELA, C.A (INGLOVENCA)”, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha Veinticinco de Abril de Dos Mil Tres (25/04/2003), bajo el número 54, tomo 11-A de los libros de comercio, cuyo patrimonio es propiedad de la comunidad de gananciales derivada del matrimonio entre la ciudadana TAVANET PÉREZ MORALES y el ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ, plenamente identificados; y muy especialmente sobre: Un (01) bien inmueble constituido por un edificio denominado “CENTRO COMERCIAL SOUTH CENTER” con su terreno propio, ubicado geográficamente en la Urbanización San Felipe, avenida 24, con calle 24, número 21-240, en jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, tiene una superficie aproximada de Tres Mil Cuatrocientos Dieciocho Metros Cuadrados con Ocho Centímetros Cuadrados (3.418,08 Mts²), según levantamiento topográfico y plano de mensura aprobado por la Oficina de Catastro Municipal, bajo la nota de Registro PM-04010024, de la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Mide Ciento Diez Metros con Cincuenta y Dos Centímetros (110,52 Mts) y linda con terrenos del Barrio Sierra Maestra; SUR: Esta conformado por dos segmentos que miden Nueve Metros con Veinticuatro Centímetros (9,24 Mts), el primero de ellos y Ciento Tres Metros con Diecinueve Centímetros (103,19 Mts) el segundo, y linda con calle 24; ESTE: Mide Veinticinco Metros con Noventa y Tres Centímetros (25,93 Mts) y linda con el Hospital Noriega Trigo, intermediando la avenida 18; OESTE: Mide Treinta y Tres Metros con Veintiún Centímetros (33,21 Mts) y linda con la avenida 24, según plano de mensura número PM-04010024, aprobado por la Oficina de Catastro de la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia. El edificio “CENTRO COMERCIAL SOUTH CENTER”, tiene un área aproximada de construcción de Dos Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho Metros Cuadrados con Treinta y Nueve Decímetros Cuadrados (2.658,39 Mts²), el cual consta de tres (03) plantas, denominadas: “Planta Baja”, “Planta Alta”, y “Planta Techo”; así mismo el edificio “CENTRO COMERCIAL SOUTH CENTER” consta igualmente de zona de estacionamiento para vehículos en los linderos de la Planta Baja del mismo. Descripción de las plantas: PLANTA BAJA: Consta de la siguientes dependencias: Cincuenta (50) puestos de estacionamiento, distribuidos en dicha planta, y consta además con un área de deposito de basura distinguido como "BASURA" que mide aproximadamente Ocho Metros Cuadrados con Ochenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (8.84 Mts2), limita por el Norte, Este, y Oeste: Con área de estacionamiento; por el Sur: Limita con el local C-1. La Planta Baja consta de catorce (14) locales que se describen de la manera siguiente: Local A-l: Consta con un área aproximadamente de Doscientos Cincuenta y Tres Metros Cuadrados con Cuarenta y Siete Decímetros Cuadrados (253,47 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y área de pasillo de circulación; Este: Escalera de acceso a la Planta Alta del Centro Comercial; y Oeste: Fachada Oeste del Centro Comercial. Local B-l: Consta con un área aproximadamente de Cuarenta y Ocho Metros Cuadrados con Treinta y Seis Decímetros Cuadrados (48,36 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y área de pasillo de circulación; Este: Con el Local B-2; y Oeste: Con las escalera de acceso a la Planta Alta del Centro Comercial. Local B-2: Consta con un área aproximadamente de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y área de pasillo de circulación; Este: Con el Local B-3; y Oeste: Con el Local B-l. Local B-3: Consta con un área aproximadamente de Cuenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-4; y Oeste: Con el Local B-2. Local B-4: Consta con un área aproximadamente de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el local B-5; y Oeste: Con el Local B-3. Local B-5: Consta con aproximadamente de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-6; y Oeste: Con el Local B-4.Local B-6: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-7; y Oeste: Con el Local B-5. Local B-7: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-8; y Oeste: Con el Local B-6. Local B-8: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local-9; y Oeste: Con el Local B-7. Local B-9: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Por el Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-10; y Oeste: Con el Local B-8. Local B-10: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²); y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte dentro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Escalera de acceso a la Planta Alta del Centro Comercial; y Oeste: Con el Local B-9. Local C-l: Consta con un área aproximada de Ochenta y Dos Metros Cuadrados con Un Decímetro Cuadrado (82,01 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: En parte con Fachada Norte del Centro Comercial y el cuarto de basura; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local C-2; y Oeste: En parte con escalera de acceso a la parte alta del Centro Comercial y área de estacionamiento. Local C-2: Consta con un área aproximada de Ochenta y Cuatro Metros Cuadrados con Catorce Decímetros Cuadrados (84,14 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local C-3; y Oeste: Local C-l. Local C-3: Consta con un área aproximada de Ochenta y Tres Metros Cuadrados con Sesenta Decímetros Cuadrados (83,60Mts²) con un área aproximada de Ochenta y Tres Metros Cuadrados con Sesenta Decímetros Cuadrados (83,60 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con la fachada Este del Centro Comercial; y Oeste: Con el Local C-2. PLANTA ALTA.- La Planta Alta consta de Veinticuatro (24) locales comerciales y los mismos se describen de la manera siguiente: Local A-2: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta y Seis Decímetros Cuadrados (46,86 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local A-3; y Oeste: Con la fachada Oeste del Centro Comercial. Local A-3: Consta con un área aproximadamente de Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (41,54 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local A-4; y Oeste: Con el local A-2. Local A-4: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (41,54 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local A-5; y Oeste: Con el Local A-3. Local A-5: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (41,54 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo circulación; Este: Con el Local A-6, y Oeste: Con el Local A-4. Local A-6: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (41,54 Mts 2), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local A-7; y Oeste: Con el Local A-5. Local A-7: Consta con un área aproximada de Cuarenta Metros Cuadrados con Cuarenta y Siete Decímetros Cuadrados (40,47 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: En parte con escalera que dirigen a la planta baja y en parte con el local B-l 1; y Oeste: Con el Local A-6. Local B-11: Consta con un área aproximada de Cincuenta y Siete Metros Cuadrados con Cincuenta y Siete Decímetros Cuadrados (57,57 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-l2; y Oeste: En parte con la escalera que dirige a la Planta Baja, y en parte con el Local A-7. Local B-12: Consta con área Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes, linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: En parte con el Local B-13, y en parte con el Local B-14; y Oeste: Con el Local B-11. Local B-13: Consta con un área aproximada de Catorce Metros Cuadrados con Cincuenta y Dos Decímetros cuadrados (14,52 Mts2.) y posee los siguientes linderos: Norte: Con el Local B-14; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Área libre de circulación; y Oeste: Con el Local B-12. Local B-14: Consta con un área aproximada Dieciocho Metros Cuadrados con Sesenta y Cinco Decímetros Cuadrados (18,65 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: En parte con Fachada Norte de Centro Comercial y en parte con sala sanitaria; Sur: Con el Local B-13; Este: En parte con área libre de circulación, y en parte con sala sanitaria; y Oeste: Con el Local B-12. Local B-15: Consta con un área aproximada de Catorce Metros Cuadrados con Cincuenta y Dos Decímetros Cuadrados (14,52 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Con el Local B-16; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-17; y Oeste: Con área libre de circulación. Local B-16: Consta con un área aproximada Veintiséis Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (26,10 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte de Centro Comercial; Sur: Con el Local B-15 y en parte con área libre de circulación; Este: Con el Local B-17; y Oeste: En parte con área libre de circulación y en parte con sala sanitaria. Local B-17: Consta con un área aproximada de Noventa y Tres Metros Cuadrados con Sesenta Decímetros Cuadrados (93,60 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: En parte con el Local B-18 y en parte con el Local B-19; y Oeste: En parte con el Local B-15, y en parte con el Local B-16. Local B-18: Consta con un área aproximada de Catorce Metros Cuadrados con Cincuenta y Dos Decímetros Cuadrados (14,52 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Con el Local B-19; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con área libre de circulación; y Oeste: Con el local B-17. Local B-19: Consta con un área aproximada de Veintiséis Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (26,10 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Con Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Con el Local B-18; Este: En parte con área libre de circulación, y en parte con sala sanitaria; y Oeste: Con el Local B-17. Local B-20: Consta con un área aproximada de Catorce Metros Cuadrados con Cincuenta y Dos Decímetros Cuadrados (14,52 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Con el Local B-21; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-22; y Oeste: Con área libre de circulación. Local B-21: Consta con un área aproximada de Dieciocho Metros Cuadrados con Sesenta y Cinco Decímetros Cuadrados (18,65 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: En parte con la fachada Norte de Centro Comercial y en parte con sala sanitaria; Sur: Con el Local B-20; Este: Con el Local B-22; y Oeste: En parte con área libre de circulación, y en parte con sala sanitaria. Local B-22: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Seis Metros Cuadrados con Ochenta Decímetros Cuadrados (46,80 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local B-23; y Oeste: En parte con el Local B-20, y en parte con el Local B-21. Local B-23: Consta con un área aproximada de Cincuenta y Dos Metros Cuadrados con Cincuenta y Dos Decímetros Cuadrados (52,52 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: En parte con la escalera de acceso a la Planta Alta del Centro Comercial, y en parte con el Local C-4; y Oeste: Con el Local B-22. Local C-4: Consta con un área aproximada de Cincuenta Metros Cuadrados con Diecisiete Decímetros (50,17 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Con Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local C-5; y Oeste: En parte con escalera de acceso a la Planta Baja del Centro Comercial, y en parte con el Local B-23. Local C-5: Consta con un área aproximada de Cuarenta Metros Cuadrados con Cuarenta y Siete Decímetros Cuadrados (40,47 Mts²); y posee los siguientes linderos: Norte: Con Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local C-6; y Oeste: Con el Local C-4. Local C-6: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Un Metros Cuadrados (41 Mts²); y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local C-7; y Oeste: Con el Local C-5. Local C-7: Consta con un área aproximada de Cuarenta y Un Metros Cuadrados con Cincuenta y Cuatro Decímetros Cuadrados (41,54 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Fachada Norte del Centro Comercial; Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con el Local C-8; y Oeste: Con el Local C-6. Local C-8: Consta con un área aproximada de Ochenta y Siete Metros Cuadrados con Treinta y Tres Decímetros Cuadrados (87,33 Mts²), y posee los siguientes linderos: Norte: Con Fachada Norte del Centro Comercial, Sur: Fachada Sur del Centro Comercial y pasillo de circulación; Este: Con fachada Este del Centro Comercial; y Oeste: Con el Local C-7. PLANTA TECHO: En esta planta se construirá a futuro un proyecto habitacional de inmuebles tipo apartamentos, en consecuencia la referida área de toda la Planta Techo se reserva única y exclusivamente para el desarrollo del referido proyecto habitacional no pudiendo ser utilizado para otro fin por parte de 1os propietarios de 1os locales comerciales antes descritos y ejecutada en fecha 16 de Mayo de 2007 por el Juzgado Tercero Ejecutor de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Dicho inmueble les pertenece según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio San Francisco del Estado Zulia, en fecha 01 de junio de 2004, quedando anotado bajo el No. 23, Protocolo 1º, Tomo 24, Segundo Trimestre. En consecuencia sírvase dejar sin efecto la medida antes referida.
Dios y Federación
Dra. DILCIA MOLERO REVEROL
LA JUEZ
DSMR/A.4
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