REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.
La Asunción, 19 de mayo de 2008
198º y 148º
Siendo la oportunidad para proveer sobre la expedición del decreto de la presente solicitud, este tribunal observa:
-que la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, fue presentada por los ciudadanos NELIDA JOSEFINA CARREÑO DE COLMENARES, NELLYS DEL VALLE COLMENARES CARREÑO, LUIS JOSÉ COLMENARES CARREÑO, LUZ MALYS DEL VALLE COLMENARES VÁSQUEZ, VICTORIA MARGARITA DÍAZ y MARIA COROMOTO CARRIÓN.
-que según se evidencia del acta de defunción del ciudadano LUIS ANTONIO COLMENARES, éste dejó seis hijos de nombres NELLYS DEL VALLE, LUIS JOSÉ COLMENARES CARREÑO, LUZ MALYS DEL VALLE COLMENARES VÁSQUEZ, MARIA CARRIÓN, VICTORIA MARGARITA VÁSQUEZ y MARBELIS RODRÍGUEZ
-que no fue consignada el acta de nacimiento de la ciudadana MARBELIS RODRÍGUEZ, quien es hija del de cujus LUIS ANTONIO COLMENARES.
-que no fue incluida en la presente solicitud la ciudadana MARBELIS RODRÍGUEZ, a pesar de que según se evidencia del acta de defunción del ciudadano LUIS ANTONIO COLMENARES, cursante al folio 07 del presente expediente, ésta funge como hija del finado antes mencionado.
Bajo tales apreciaciones este Tribunal niega la expedición del decreto solicitado y se ordena la devolución del original con sus resultas a la parte solicitante, dejándose en su lugar copias certificadas de la misma de conformidad con los artículos 111 y 112 deL Código de Procedimiento Civil Cúmplase una vez sean suministradas las copias simples respectivas.
LA JUEZA,

Dra. JIAM SALMEN DE CONTRERAS.
LA SECRETARIA

Abg. CECILIA FAGUNDEZ
JSDC/CF/gdeo.-
EXP. N°. 2431.-08