JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 19 de Mayo de 2.008.-
198º y 149º
Vista la diligencia suscrita por el abogado EMILIO RAMIREZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.300, con el carácter de endosatario en procuración de una letra de cambio a favor del ciudadano LUIS FELIPE RUIZ, con el carácter de parte actora en el expediente N° 21.910, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES (Intimación) interpusiera LUIS FELIPE RUIZ, contra el ciudadano EULALIO RODRÍGUEZ y OTRO, a los fines de proveer, este Juzgado observa: En fecha 24-04-2.007 (f. 363), comparece ante este Tribunal el demandante, ciudadano LUIS FELIPE RUIZ, y consigna diligencia mediante la cual desiste del procedimiento en la presente causa, teniendo facultad para ello según se evidencia de autos, y por tratarse de materia sobre las cuales no están prohibidas las transacciones. Ahora bien, mediante autos de fecha 2-05-2.007 (f. 364), el Tribunal requiere la notificación del Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Nueva Esparta, a fin de que manifieste lo que crea conveniente respecto al desistimiento formulado por el actor en la presente causa, lo cual fue debidamente cumplido según se evidencia de consignación efectuada en fecha 4-03-2.008 (f. 367) por el Alguacil de este Juzgado. En consecuencia de todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal acuerda en conformidad con lo solicitado, en atención a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por lo que le imparte su homologación, condenando en costas del proceso al actor, en atención a lo establecido en el artículo 282 eiusdem, por cuanto no consta que haya habido pacto en contrario. En consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. ASÍ SE ESTABLECE.-
LA JUEZ,
Dra. VIRGINIA VÁSQUEZ GONZALEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. CORINA LIBERATORE.
Expediente N° 21.910.
VVG/CL/felix
(Interlocutoria)
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