ASUNTO: VH01-X-2008-000018
ACTA DE INHIBICION
En el día de hoy lunes, 26 de mayo de 2008 siendo las dos (02) de la tarde presente en la sala del Tribunal la abogada en ejercicio ANA AVILA AÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V. 7.960.868, actuando en mi condición de juez del TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESALY TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA DEL CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA expongo:”por cuanto consta en acta que dicte sentencia en fecha 27 de Febrero del 2008 según se evidencia en los folios 09 al 14 de este expediente habiendo manifestado mi opinión sobre lo principal del pleito; en consecuencia y encontrándome incurso en la causal contemplada en el numeral 5° del articulo 31 de la LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO en concordancia con la causal contemplada en el numeral 15° del articulo 82 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, y en acatamiento al criterio jurisprudencial establecido en sentencia proferida por la SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, en fallo de fecha 07 de agosto de 2003 signada con el numero 2.140 expediente numero 02-2.403 con ponencia del eximio Magistrado doctor JOSE MANUEL DELGADO OCANDO, y por cuando considero que mi imparcialidad se verá comprometida, ME INHIBO de seguir conociendo el presente asunto VH01-X-2008-000018 a los fines de preservar la garantía constitucional de justicia imparcial, idónea prevista en el artículo 26 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por lo que consideró mi deber de apartarme en forma inmediata y por iniciativa propia del conocimiento de esta causa”. Termino se leyó y conforme firman.
La juez.
ANA AVILA AÑEZ.
La secretaria.
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