REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 02 de mayo de dos mil ocho (2008)
197º y 149º
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000582.
PARTE ACTORA: ALEX GONZALEZ PAZ, titular de la cédula de identidad: V- 12.379.991.
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN PARQUE SUR DE MARACAIBO.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
Revisada como ha sido la transacción presentada, en fecha 28 de abril de 2008, por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, suscrita por el abogado RAFAEL MESA en su carácter de apoderado de la demandada y por el ciudadano ALEX GONZALEZ PAZ, asistido por el abogada GUSTAVO HERAS, Inpreabogado: 126.844; todos amplia y suficientemente identificados en autos. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Ahora bien, visto que las partes solicitan al Tribunal se archive copia de la transacción celebrada, y siendo que sólo consignaron un (01) ejemplar; se ordena archivar sólo copia de la presente homologación. Se declara terminado el proceso y se ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide. PUBLIQUESE Y REGISTRESE, DEJESE COPIA POR SECRETARÍA DE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.
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