ACTA

N° DE EXPEDIENTE:
PARTE ACTORA: MERLIN RINCON
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GLENNYS URDANETA
PARTE DEMANDADA: AGENCIA DE LOTERIA MARIA GRACIA, MARIANELA CASTELLANO DE MADURO y MARIA CASTELLANO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NELSON RAMOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, veintiséis (26) de mayo de 2008, comparecen la ciudadana MERLIN RINCON, asistida por la abogada GLENNYS URDANETA, y el abogad NELSON RAMOS, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas, MARIANELA CASTELLANO DE MADURO, MARÍA CASTELLANO y de la sociedad de hecho AGENCIA DE LOTERIAS MARIA GRACIA en su carácter de parte actora y demandadas respectivamente, quienes solicitan que se realice la audiencia preliminar que se encuentra fijada para el día 27 de mayo de 2008 a las 2:30n p.m , siendo acordado por la Juez lo solicitado, por lo que se da comienzo a la Audiencia Preliminar llegando al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en dos (02) folios útiles, escrito contentivo de la transacción, mediante el cual acuerdan cancelar a la trabajadora la cantidad de UN MIL BOLIVARES FUERTES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 1.000, 00), en dinero en efectivo y de legal circulación en el país,.
Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se hace entrega a las partes de las pruebas consignadas al inicio de la audiencia, se ordena el archivo definitivo de expediente.
La Juez.

Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria

Abg. Brisjaida Gómez
Los Presentes.