REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diecinueve de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : VP01-L-2008-000418
Por recibido el día de hoy, y visto la diligencia de fecha catorce (14) de mayo de 2008, suscrito por el abogado en ejercicio GERARDO VIRLA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES FUENMAYOR RUIZ, C.A. (INCONFURCA C.A.), por un lado y por el otro, el ciudadano ALDENAGO MAPPARI, titular de la cédula de identidad No. 13.529.348, asistido por la abogada en ejercicio WENDY ECHEVERRIA, mediante el cual dejan constancia de la realización del pago único y definitivo para dar cumplimiento a Transacción celebrada entre las partes, y solicitan el archivo del expediente; este Tribunal lo recibe, le da entrada y ordena agregar a las actas, asimismo visto el cumplimiento del acuerdo celebrado entre las partes se da por Terminado el presente asunto, se Homologa la Transacción celebrada, se le otorga el carácter de cosa juzgada y se ordena el archivo definitivo del expediente.
El Juez
Abog. Hugo Cordero
La Secretaria,
Abog. Brisjaida Gómez P.
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