ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000635
PARTE ACTORA: JUANA CABALLERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EVELIA MARIA SAEZ
PARTE DEMANDADA: INGEDIGIT C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RICHARD PRIETO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de Mayo de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana JUANA CABALLERO y sus apoderados judiciales abogados Ciro González y Evelia Sáez, y el abogado Richard Prieto, apoderado de la empresa INGEDIGIT C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al acuerdo que consta en el acta que se anexa a la presente para que forme parte integrante de ésta, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se ordena la devolución de las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia y se ordena el archivo definitivo del expediente.-
La Juez,
La Secretaria,
Abog. María Cecilia Admade
Abog. Yasmira Galué
Los Presentes,
|