ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002623
PARTE ACTORA: MARIA CHIQUINQUIRA RIOS DE ALMARZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YELITZA MORONTA
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA MEDINA
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veintiséis (26) de Mayo de 2008, comparecen la abogada Yelitza Moronta, apoderada de la ciudadana MARIA CHIQUINQUIRA RIOS DE ALMARZA y la abogada María Carolina Medina, apoderada de la empresa DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al acuerdo que consta en el acta que se anexa a la presente para que forme parte integrante de ésta, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Vista la solicitud formulada por las partes en el sentido de que se les expida copia certificada de la transacción, se provee en conformidad con lo solicitado y en consecuencia, se acuerda expedir por Secretaría copias certificadas del acta transaccional presentada por las partes y de la presente acta. Se acuerda la devolución de las pruebas consignada por las partes y se ordena el archivo definitivo del expediente.-
La Juez,
La Secretaria,
Abog. María Cecilia Admade
Abog. Yasmira Galué
Los Presentes,
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