ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000615
PARTE ACTORA: DANIEL PORTILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARLOS GUSTAVO RÍOS VILLAMIZAR
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES CABRERA Y LOPEZ C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de Mayo de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado Carlos Ríos, apoderado del ciudadano DANIEL PORTILLO y el abogado Merwing Arrieta, apoderado de la empresa CONSTRUCCIONES CABRERA Y LOPEZ C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al acuerdo que consta en el acta que se anexa a la presente para que forme parte integrante de ésta. Se hace la salvedad que el monto total pagado en el presente acuerda asciende a la cantidad de DIEZ MIL SEIS BOLÍVARES CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 10.006,74), y no la cantidad que aparece reflejada en dicha acta, todo en conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena no archivar el presente asunto hasta tanto conste el cumplimiento de la obligación y se acuerda la devolución de las pruebas consignadas al inicio de la audiencia.-
La Juez,
La Secretaria,
Abog. María Cecilia Admade
Abog. Yasmira Galué
Los Presentes,
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