ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001188
PARTE ACTORA: MAIKOR GUANIPA, JOSE PAZ y JOSE ROMERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YASNELIS HERNANDEZ, y
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE Y SERVICIO DE CARGA HERSAN C.A. y PROCTER Y GAMBLE DE VENEZUELA S.C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DIANA BRIÑEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, quince (15) de Mayo de 2008, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia que comparecieron a la audiencia la abogada Diana Briñez Juárez, en su condición de apoderada de la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN, C.A., según se evidencia del poder que en original y en copia simple consignó en este acto, a los efectos de su confrontación, certificación por Secretaría y posterior devolución, y los abogados Francisco Llamozas y María Inés Baralt, apoderados de la empresa PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL, S.A., en su condición de co-demandadas. En consecuencia, en conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149º y 198º.
La Juez,
La Secretaria,
Abog. María Cecilia Admade
Abog. Yasmira Galué
Los Presentes,
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