REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, cinco de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: VP01-L-2006-001907
Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha veintinueve (29) de Abril de 2008 por los abogados el ejercicio José Baptista, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nº 47.073, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PETROLAGO, C.A. representación que se evidencian de instrumentos poder que se encuentran agregados a las actas y los apoderados judiciales abogados Omar Rojas Fermín, Roque Rangel y Marcos Chandler, inpreabogados N° 116.959, 117.320 y 115.112 respectivamente asistiendo a los ciudadanos YOSELENIS BOHORQUEZ, DOUGLAS BOSCAN, ELIDA UZCATEGUI, CIRA HERNANDEZ y ALEJANDRO LUZARDO en su condición de parte actora, plenamente identificados en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la demandada paga a la demandantes, apoderados de la parte actora y la experto, la cantidad de cuarenta y dos mil novecientos noventa y nueve bolívares fuertes con noventa y cinco céntimos (Bs.F. 42.999,98), observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo. Se ordena expedir cinco (5) copias certificadas de la transacción y del presente auto. Se ordena oficiar a la Oficina de Consignaciones de este Circuito Judicial Laboral a los fines de que sean entregadas las cantidades de dinero como fue especificado en la transacción presentada.
EL JUEZ,
ABOG. ANTONIO BARROSO
LA SECRETARIA,
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