ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000549
PARTE ACTORA: ORESTE JOSE PRATA ALMARZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada ANA YAJAIRA RODRIGUEZ y LUÍS PEROZO, Inpreabogado N° 51.965 y 120.633 respectivamente, en su carácter de Procuradores de Trabajadores.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO UNIVERSITARIO TECNOLOGICO "ANTONIO JOSE DE SUCRE"
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogada Rossana Martínez, inpreabogado N° 103.069.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy,19 de Mayo de 2008, siendo las 2:28 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano ORESTE JOSE PRATA ALMARZA en su carácter de parte actora asistido por el abogado Luís Emiro Perozo Gutiérrez en su carácter de Procurador de Trabajadores e INSTITUTO UNIVERSITARIO TECNOLOGICO "ANTONIO JOSE DE SUCRE" en su carácter de parte demandada, debidamente representada la apoderada judicial abogada Rossana Martínez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte demandada cancela en este acto al demandante la cantidad de cuatro mil catorce bolívares fuertes con veintinueve céntimos (Bs.F. 4.014,29) con cheque de gerencia de la cuenta N° 01160113862120210100 en el Banco Occidental de Descuento, cheque N° 03518044, a la orden de Oreste Prata CI: 14.006.552, con la mención NO ENDOSABLE. Con este pago se dan por cancelados los siguientes conceptos reclamados: antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, intereses sobre prestaciones sociales y las prestaciones sociales que desempeño como docente en dos (2) periodos académicos. Las partes consignan acta transaccional del presente acuerdo en cinco (5) folios y copia fotostática del cheque en un (1) folio. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo. Se ordena expedir una (1) copia certificada del acta transaccional y del auto que la homologa. Se regresan en este mismo acto los escritos de pruebas y sus respectivos anexos.
El Juez
La Secretaria
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes
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