ACTA

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-002678
DEMANDANTE: RICHARD MEDINA.
APODERADO DEL DEMANDANTE: Abog. EDITH BERRIOS DE DEL MORAL y Abog. JOSE MANUEL DEL MORAL BERRIOS.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓN ZULIANA DE ALIMENTOS C.A. (COZUALCA).
APODERADO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓN ZULIANA DE ALIMENTOS C.A. (COZUALCA): Abog. CARLOS RIOS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 7 de mayo de 2008, siendo el día y la hora para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de la demandada Sociedad Mercantil CORPORACIÓN ZULIANA DE ALIMENTOS C.A. (COZUALCA), representada por el ciudadano Abogado CARLOS RÍOS, en su carácter de Apoderado Judicial de la misma (según consta de documental que riela anexa a las actas) y de la incomparecencia del demandante ciudadano RICHARD MEDINA, suficientemente identificado en actas, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.

El Juez

Abog. Samuel Santiago Santiago

La Secretaria

Abog. Marinés Cedeño Gómez


El Apoderado Judicial de la demandada Sociedad Mercantil CORPORACIÓN ZULIANA DE ALIMENTOS C.A. (COZUALCA)