REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, 28 de mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO: VP01-L-2006-002671

AUTO
Visto el contenido de la diligencia que antecede, suscrita tanto por el demandante ciudadano MILLER LEAL, titular de la Cédula de Identidad No. 7.896.998, debidamente asistido por la ciudadana Abogada GLENNYS URDANETA, quien tiene el carácter de Procuradora de Trabajadores, como por la ciudadana Abogada MERYJEEM GUERRERO (persona natural que comparece en nombre y descargo del demandado a titulo personal, ciudadano ALEJANDRO JOSÉ MORENO AZUAJE, titular de la Cédula de Identidad No. 11.281.159), contentiva del Acuerdo de Pago celebrado por las mismas con la finalidad de poner fin al presente procedimiento, este Tribunal ordena agregarla a las actas que conforman el presente expediente, procediendo de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos irrenunciables del prenombrado trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA.

Se ordena el archivo definitivo del expediente contentivo de la presente causa.


El Juez


Abog. Samuel Santiago Santiago


La Secretaria