ACTA
No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2007-001244
PARTE ACTORA: JOSÉ MARIN, ARCELI VILLASMIL y VICTOR RODRÍGUEZ.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abog. MOISES ROSENDO.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL S.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Abog. JESÚS DA SILVA.
TERCERO LLAMADO A LA CAUSA: SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN C.A.
APODERADA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN C.A.: Abog. DIANA BRIÑEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 15 de mayo de 2008, siendo el día y la hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de la demandada Sociedad Mercantil PROCTER & GAMBLE INDUSTRIAL S.A., representada por el ciudadano Abogado JESÚS DA SILVA, en su acreditada condición de Apoderado Judicial de la misma (según consta de documental que riela anexa a las actas) y de la incomparecencia de los demandantes ciudadanos JOSÉ MARIN, ARCELI VILLASMIL y VICTOR RODRÍGUEZ, suficientemente identificados en actas, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana Abogada DIANA BRIÑEZ, quien tiene el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN C.A., según documental que consigna en éste acto.
Por último, se ordena agregar a las actas, el instrumento poder consignado por la representación de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN C.A., que acredita su condición de tal.
En este estado tomó la palabra la representación de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN C.A. y expuso: "Para fines que me interesan solicito al Tribunal se sirva devolverme el original del instrumento poder que en nombre de mi patrocinada consigno en el presente acto, previa su certificación en actas. Juro la urgencia del caso".
Vista la anterior solicitud, este Juzgado provee de conformidad y acuerda la devolución de la instrumental solicitada, previa su certificación en actas, por lo que autoriza a la ciudadana MAYRE OLIVARES, en su carácter de Asistente adscrita al mismo, para que elabore las copias fotostáticas simples que han de certificarse, las confronte con sus originales y por ende proceda al desglose del documento en cuestión. CÚMPLASE.
El Juez
Abog. Samuel Santiago Santiago
La Secretaria
Los presentes
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