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 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Trib. de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Nueva Esparta
 La Asunción, doce de marzo de dos mil ocho
 197º y 149º
 IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
 N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2007-000459
 PARTE ACTORA: LINO SALVADOR LÓPEZ SALAZAR
 ASISTIDA POR: NO COMPARECIÓ
 PARTE DEMANDADA: INVERSIONES OASIS, C.A.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BLANCA GONZÁLEZ
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
 
 En el día hábil de hoy, 12 de marzo del año dos mil ocho (2008), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar  la Audiencia Preliminar de la causa distinguida bajo el N° OP02-L-2007-000459, se constituye el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Jueza ELIDA SUÁREZ, con la asistencia de la secretaria abogada PAULA DÍAZ MALAVER, anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal. Comparece  por la parte demandada INVERSIONES OASIS, C.A., la ciudadana VILMA YOLANDA LISCANO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 5.543.486, en su carácter de representante legal, asistida por su apoderada judicial Abg. BLANCA GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 28.121, según se  evidencia de Poder Apud Acta de fecha 12-03-2008. En este sentido, el tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.
 LA JUEZA,
 
 Dra. ELIDA SUÁREZ
 PARTE DEMANDADA
 
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 Abg. PAULA DÍAZ MALAVER
 
 
 
 ES/PDM/mcs
 
 
 
 
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