REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEXTO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, 26 DE MARZO DE 2008
198° y 149°
RESOLUCIÓN N° 215-08. CAUSA N° 6E-192-01.
Vista la comunicación de fecha 14-03-2008, emanada de la Cárcel Nacional de Maracaibo, suscrita por el Director Encargado del referido Centro Penitenciario, T.S.U. ELY SALGADO, mediante el cual solicita permiso de traslado del penado MERVIN RAFAEL HERRERA VILLASMIL, titular de la cedula de Identidad 5.164.107; al auditórium de la UNEFA, ubicada en la Avenida el Milagro al lado de Canalizaciones, a objeto de participar en la obra de teatro VENEZUELA ES HEROICA “Ayer, hoy y siempre”, en virtud que el mismo pertenece al Teatro Universitario de la Aldea Cárcel Nacional de Maracaibo, estudiantes de la Universidad Bolivariana de Venezuela, este Tribunal a los fines de estimular el desarrollo progresivo a través del sistema reglamentario de premios, privilegios y recompensas que sirvan de incentivo inmediato a la mejor conducta y más favorable evolución del recluso, considera ajustado a derecho, el traslado desde la Cárcel Nacional de Maracaibo, con las seguridades civiles y militares del caso, del penado MERVIN RAFAEL HERRERA VILLASMIL, al auditórium de la UNEFA, ubicada en la Avenida el Milagro al lado de Canalizaciones, a objeto de participar en la obra de teatro VENEZUELA ES HEROICA “Ayer, hoy y siempre”, el día viernes (28) de marzo del 2008 en el horario de diez 10:00am a cuatro 4:00pm y una vez concluida la actividad el mismo deberá ser inmediatamente reingresado a dicho centro penitenciario; en consecuencia se ordena oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, a fines de participarle lo acordado en la presente resolución, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 Ordinal C, de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario. Y ASÍ SE DECIDE.-
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA EL PERMISO de traslado del penado MERVIN RAFAEL HERRERA VILLASMIL, titular de la cedula de Identidad 5.164.107; desde la Cárcel Nacional de Maracaibo, CON TODAS LAS SEGURIDADES CIVILES y MILITARES DEL CASO al auditórium de la UNEFA, ubicada en la Avenida el Milagro al lado de Canalizaciones, a objeto de participar en la obra de teatro VENEZUELA ES HEROICA “Ayer, hoy y siempre”, el día viernes (28) de marzo del 2008 en el horario de diez 10:00am a cuatro 4:00pm, y una vez concluida la actividad deberá ser inmediatamente reingresado a la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 Ordinal C, de la Ley Orgánica Sobre Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y líbrese oficio al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo.------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN,
ABG. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARD ECHETO M.
En la misma fecha se registró la decisión bajo el Nº 215-08 y se oficio bajo el Nro 1379-08.-
EL SECRETARIO,
HCV/anai.-
CAUSA N° 6E-192-01.
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