REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTODE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 07 de Marzo de 2008
196° y 147°


DECISIÓN No 058-08 CAUSA N° 4E-080-06

Vista la Solicitud de la Defensa Publica y la existencia de autos de Informe N°. 0084-08 de fecha 11 de Enero del presente año, emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Maracaibo, en el cual informa el cumplimiento de las obligaciones de manera responsable a las obligaciones del régimen de prueba del penado DIXON ENRIQUE CASTILLO, y solicita la posibilidad de extender sus presentaciones a cada dos (2) meses; este tribunal pasa a resolver y lo hace en base a las siguientes consideraciones:

En fecha 26 de Septiembre de 2006, mediante Decisión N° 305-06 este Juzgado Cuarto de Ejecución concedió el beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al penado DIXON ENRIQUE CASTILLO, titular de la cédula de identidad No. V-7.974.040; quien fue condenado a cumplir la pena de dos (02) años y ocho (08) meses de prisión, por la comisión del delito de EXTORSIÓN ; Asimismo, de la revisión realizada en el Libro de Presentaciones, se pudo constatar que el prenombrado penado ha cumplido a cabalidad con las presentaciones impuestas por este Tribunal; en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Ejecución, acuerda extender el lapso de presentaciones al referido penado a cada dos (2) meses, en virtud de que el mismo ha venido cumpliendo fielmente con las obligaciones que le fueron impuestas al momento de concederle el beneficio de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA,. ASÍ SE DECLARA.

Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIONES A CADA DOS (2) MESES, al penado DIXON ENRIQUE CASTILLO, titular de la cédula de identidad No. V-7.974.040, plenamente identificado en actas. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.-
EL JUEZ DE EJECUCION,

DR. VICTOR FONSECA
LA SECRETARIA,

ABOG. ZOA SERRADA


En la misma fecha se registro la presente Decisión bajo el No. 058-08 y se Oficio bajo los Nos. 0922-08 y 0923-08
LA SECRETARIA,




VF/ yrr
Causa Nº 4E-080-06