REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA
Santa Bárbara de Zulia, 10 de marzo de 2008
197º y 149º
DECISION N° 0206 - 2008 CAUSA PENAL N° C.01-2231-2007
Visto el contenido del escrito, presentado por el Abogado ALFREDO NAVARRO, Defensor Público N° 06 Penal Ordinario, actuando en defensa de los ciudadanos BRENDA YANETH RUIZ MORALES, MARELVIS JIMENEZ CERA, INGRID VIRGINIA PEÑA, DISLEYDIS MARGARITA GONZLAEZ y JHONNY LOZANO, mediante el cual solicita que de conformidad con el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, por vía de examen y revisión, se le extienda el plazo de presentación periódica de sus defendidos, de cada ocho (08) días por cada treinta (30) días o cualquier otro lapso que a bien considere el Tribunal, fundamentando dicho pedimento, que a sus defendidos se le hace dificultoso realizarlas, por cuanto en el lugar donde laboran al momento de solicitar permisos frecuentes les ocasiona problemas, que desde la fecha en que fueron impuestos de sus obligaciones, han venido cumpliendo cabalmente con sus deberes y obligaciones. En cuanto a dicho pedimento, se acuerda proveer de conformidad con lo solicitado, toda vez que, de una revisión realizada al libro de presentación de imputados, llevado por este Tribunal, se evidencia que los prenombrados ciudadanos BRENDA YANETH RUIZ MORALES, MARELVIS JIMENEZ CERA, INGRID VIRGINIA PEÑA, DISLEYDIS MARGARITA GONZLAEZ y JHONNY LOZANO, ha venido dando cumpliendo con las presentaciones periódicas como le fueron impuestas en el acto de la audiencia de Presentación con imputado, celebrada el día 16 de septiembre de 2007. En consecuencia, se amplía a treinta (30) días, el término de las presentaciones a los ciudadanos BRENDA YANETH RUIZ MORALES, MARELVIS JIMENEZ CERA, INGRID VIRGINIA PEÑA, DISLEYDIS MARGARITA GONZLAEZ y JHONNY LOZANO, las cuales deberán realizar por ante este Tribunal de Control. Así se decide.
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AMPLIA a Treinta (30) días el término de las presentaciones a los ciudadanos BRENDA YANNETH RUIZ MORALES, venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, fecha de nacimiento 12-03-88, de 19 años de edad, soltera, ama de casa, portador de la C. I. N° V-19.404.825, Jairo Enrique Ruiz Morales y de Sara Ramona Morales y residenciado en el Barrio Ciro Morales, avenida 21, casa 13-136, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia; MARELVIS JIMENEZ CERA, venezolana nacionalizada, natural del Departamento de Bolívar de la República de Colombia, fecha de nacimiento 24-12-55, de 52 años de edad, soltero, ama de casa, portador de la C. I. N° V-25.298.157, hijo de Trinidad Jiménez y de Carmen Cera y residenciado en el Barrio Sierra Maestra, calle El Tubo, casa 4-73, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia; INGRID VIRGINIA PEÑA, quien dijo ser venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, fecha de nacimiento 13-.09-74, de 31 años de edad, soltera, ama de casa, portadora de la C. I. N° V-12.493.519, hija de Jesús Medina y de Asmirian Peña y residenciado en el Barrio La Bandera, avenida 22, casa sin número, como a media cuadra del Frigorífico, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia; DISLEYDI MARGARITA GONZALEZ PERENTENA, quien dijo ser venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, fecha de nacimiento 17-08-76, de 31 años de edad, soltera, ama de casa, portador de la C. I. N° V-13.009.636, hijo de Dirimo González y de Nelida Perentena y residenciado en el Barrio San Isidro, avenida 18 bis, casa 8-51, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia y JHONNY LOZANO FONSECA, colombiano, natural del Departamento de Magdalena de la República de Colombia, fecha de nacimiento 02-02-87, de 38 años de edad, soltero, albañil, portador de la C. I. N° E-85.162.513, hijo de Jorge Lozano y de Hortensia Fonseca, y residenciado en el Barrio Los Robles, calle 10, casa sin número, entrando por la Canasta, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quienes se les instruye causa penal signada bajo el N° CO1.2231.2007, seguida por el delito de INVASION DE TERRENO, INMUEBLE O BIENHECHURIA, previsto y sancionado en el artículo 47-A del Código Penal de Venezuela, en perjuicio del INSTITUTO DE DESARROLLO SOCIAL (IDES), las cuales deberá realizar por ante este Juzgado. Todo de conformidad a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión Notifíquese al Abogado Defensor. Cúmplase.-
El Juez de Control,
Abg. José Luis Molina Moncada
La Secretaria (S),
Abg. Maria Elena Onofaro
En esta misma fecha se registró la presente decisión bajo el Nº 0206 - 2008 y se ofició bajo el N° 0713 - 2008.-
La Secretaria (S),
Abg. Maria Elena Onofaro
CO1.2231.2007
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