REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

JUZGADO NOVENO DE CONTROL

Maracaibo, 07 de MARZO de 2008
197° y 148°

ACTA DE AUDIENCIA ORAL

Decisión No. 1215-08 9C-4682-08.-

En el día de hoy, Viernes Siete (07) de Marzo del año dos mil ocho (2008), siendo las dos de la tarde, día y hora fijados por este Tribunal de Control para llevar a efecto, la Audiencia Oral de Prorroga de conformidad con lo establecido en el quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Antes de comenzar el acto toma la palabra el imputado de autos el ciudadano NELSON ENRIQUE GARCIA TORO. Seguidamente se procedió a verificar la presencia de las partes en el presente acto, constatándose que al mismo comparecieron el Fiscal 24 Y 24 (A) del Ministerio Publio ABOG. MARIO MOLERO, y ABOG. EDICTA QUIROGA, el abogado GERMAN CUMARE INPRE 77.108, observándose igualmente que se encuentra presente del imputado NELSON ENRIQUE GARCIA TORO, previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite. Seguidamente se le concede la palabra al MINISTERIO PUBLICO quien expuso: Ratifico en este acto , la solicitud de prorroga interpuesta por este Representación Fiscal en fecha 03/03/08, en tiempo hábil, ya que hasta la presente fecha no se ha recibido las diligencias solicitadas en el presente caso y que son esenciales para la presentación del correspondiente acto conclusivo como es la practicar de algunas diligencias de investigación y recabar las resultas de otras diligencias que ya fuero ordenadas, relacionada al procedimiento policial que origino la detención del imputados de autos, por lo que solicito de este Tribunal la extensión de quince (15) días establecidos en dicha norma, para presentar el acto conclusivo correspondiente con la finalidad de recabar los elementos de convicción necesarios para determinar la comisión del hecho punible y la responsabilidad o no del imputado de autos,. Es todo”. Seguidamente este Tribunal de Control procede a oír al imputado NELSON ENRIQUE GARCIA TORO Venezolano, natural de Maracaibo-Estado Zulia , fecha de nacimiento 14-01-69 de 39 a NELSON ENRIQUE GARCIA TORO 39 años de edad, de profesión u oficio Taxista , titular de la cédula de identidad Nro 13.397.624, ,hijo de Maria Traida Torres y de Néstor García , residenciado en Alto d Milagro Norte calle principal a una cuadra de la Iglesia Evangélica , Maracaibo –Estado Zulia quien expuso: “Me acojo al Precepto Constitucional”. Seguidamente la Juez del Tribunal procede a dar la palabra al Abogado GERMAN CUMARE quien expuso: No me opongo a la solicitud de prorroga solicitada por el Ministerio Publico, debido a que la misma esta ajustada a derecho. Asimismo solicito se le mantenga la Medida Cautelar sustitutiva de Libertad otorgada por este Tribunal de Control Es todo.- Acto seguido este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:”Vista la solicitud que realizara la Fiscal del Ministerio Publico, la cual se sustenta en que no se ha podido practicar las actuaciones urgente y necesarias para el esclarecimiento de los hechos, observa este Tribunal que la solicitud de prorroga requerida por la vindicta publica, debe acordarse, en razón de que además, de haber sido incoada dentro del lapso establecido en la norma adjetiva penal, la misma coadyuva en la consecución , mediante una investigación exhaustiva, de la verdad de los hecho sometidos al presente proceso, razón por la cual , se DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL y en consecuencia se concede una prorroga de quince (15) días a la cual hace referencia el cuarto aparte del articulo 250 del texto adjetivo penal, a partir de la fecha de vencimiento que establece la norma in comento, es decir a partir del día 09 de Marzo del 2007, por lo que vence el día 24 -03-08 inclusive. Quedan notificadas las partes de lo aquí decidió. Regístrese y Publíquese bajo Nro 1215-08.-Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades de Ley.- Notifíquese a las partes-Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ DE CONTROL


MCS. ERIKA CARROZ PEREA

LOS FISCAL 24 Y 24 (A) DEL MINISTERIO PÚBLICO



ABOG. MARIO MOLERO ABOG. EDICTA QUIROGA


EL IMPUTADO



NELSON ENRIQUE GARCIA TORO


LA DEFENSA



ABOG. GERMAN CUMARE



LA SECRETARIA



ABOG, VERÓNICA VALBUENA


CAUSA NRO 9C-4682-08
EMCP/vv