REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 06 de Marzo de 2008
197° y 148°
DECISIÓN N° 1251-08 CAUSA N° 1C-6882-08
Visto y estudiado el escrito presentado por la ciudadana Fiscal Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el cual solicita SOBRESEIMIENTO de la causa con fundamento en lo dispuesto en el Articulo 318 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES, previsto y sancionado en los artículos 415 del Código penal en perjuicio de JORGE ELIEZER HERRERA ARAGON, este Tribunal para decidir observa:
Se inicia la presente investigación, en virtud de la Denuncia formulada por el ciudadano JORGE ELIEZER HERRERA ARAGON, la cual tuvo su inicio en fecha 20 de Agosto de 2000 cuando dicho ciudadano quien manifestó que había sido agredido por una ciudadana de nombre SANDRA PALMISANTO con un tubo en la cabeza, ocasionándole una herida, y por otras personas entre ellas uno de nombre Gustavo y otra ciudadana a quien apodan La Negra, por cuanto el le debía un dinero a esta ciudadana y no le había pagado. Ahora bien, se desprende que los hechos denunciados existe el cometimiento de un delito como lo son las lesiones intencionales, pero no existe el examen medico forense que acredite la existencia de las mismas, por cuanto dicho ciudadano no acudió a la medicatura forense para la practica de dicho examen, el cual es el medio de prueba indispensable para demostrar la existencia de dicha lesión, en razón de lo cual no es posible demostrar que el hecho investigado ocurrió, no siendo necesario a criterio de quien aquí decide la realización de la audiencia a que se contrae el articulo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto de la presente decisión se emitirán las correspondientes boletas de notificación a los fines de que las partes ejerzan su derecho a recurrir, considera ajustado a derecho declarar con lugar la solicitud fiscal, y ordena en consecuencia el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad a lo establecido en el numeral 1 del articulo 318 ejusdem. Y ASÍ SE DECLARA.
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Nº 24-F5-918-00, seguida por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en los artículos 415 del Codigo Penal en perjuicio de JORGE ELIEZER HERRERA ARAGON, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 318º NUMERAL 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y notifíquese de la presente decisión y remítase las actuaciones en su debida oportunidad. CÚMPLASE.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
SILVIA CARROZ DE PULGAR
EL SECRETARIO
| ABOG. ANDRES URDANETA
En la misma fecha se registró la Decisión bajo el N° 1251-08 y se Ofició bajo el N° __________ al Departamento del Alguacilazgo.
EL SECRETARIO
ABOG. ANDRES URDANETA
Causa N° 1C-6882-08
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