REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control
Maracaibo, 13 de Marzo de 2008
198° y 148°
Decisión Nº 627-08 Causa Nº 1C-555-07
Visto la solicitud de Extensión de las Presentaciones presentada por la ABOG. LUCY BLANCO, en su carácter de Defensora Pública Trigésima Sexta Penal a favor del imputado NELSON ALBERTO CALDERON PENNA, plenamente identificados en actas, por la presunta comisión de unos de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIBEL VILCHEZ y EL ESTADO VENEZOLANO; este Tribunal resuelve de la manera siguiente:
DE LA PRESENTACIÓN DE IMPUTADO Y ESTADO ACTUAL DE LA CAUSA
Observa este Tribunal que en 18-06-07 bajo decisión N° 968-07 este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, a favor del ciudadano NELSON ALBERTO CALDERON PENNA, plenamente identificados en actas, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIBEL VILCHEZ y EL ESTADO VENEZOLANO.
FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Ahora bien, considera este Tribunal que si bien es cierto, le asiste la razón a la Defensa, que la solicitud se deben resolver en un lapso de tres (03) días, de conformidad a lo establecido en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal observa que en el Libro N° 8 de Presentaciones llevado por este Tribunal en la Página N° 117 se puede constatar el fiel cumplimiento del imputado de actas cada treinta (30) días, siendo la ultima presentación en los libros llevados por este tribunal el día 18-01-08, en virtud del sistema de automatización de presentaciones que lleva el Departamento de Alguacilazgo; por lo que este Tribunal considera procedente en derecho es DECLARAR CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSORA PUBLICA ABOG. LUCY BLANCO , en su carácter de Defensora Pública Trigésima Sexta Penal, de las Extensiones de Presentaciones cada sesenta días (60) días a partir de la presente fecha 13-03-08; a favor del imputado NELSON ALBERTO CALDERÓN.
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARAR CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA ABOG PUBLICA ABOG. BLANCO , en su carácter de Defensora Pública Trigésima Sexta Penal, de las Extensiones de Presentaciones cada sesenta días (60) días a partir de la presente fecha 13-03-08; a favor del imputado NELSON ALBERTO CALDERÓN, plenamente identificados en actas, por la presunta comisión del Delito de VIOLENCIA FÍSICA Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIBEL VILCHEZ y EL ESTADO VENEZOLANO. ASI SE DECLARA. Se ordena librar Boleta de Notificación a las partes a los fines de que tengan conocimiento de la misma. Regístrese la presente decisión, Publíquese y notifíquese.-
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL.-
SILVIA CARROZ DE PULGAR
EL SECRETARIO,
ABOG. ANDRES URDANETA.
En la misma fecha, la anterior decisión quedó registraba bajo el No. 627-08 en el Libro de Registro de decisiones llevado por este Tribunal en el presente año, se libró oficio N° 965-08 al Departamento de Alguacilazgo y oficio N° 966-08 a la Defensoria Pública.
EL SECRETARIO,
ABOG. ANDRES URDANETA.