REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4


EXPEDIENTE: 02678
SOLICITUD: AUTORIZACION PARA RETIRAR DINERO POR MUERTE
SOLICITANTE: YASMIN JOSEFINA GARCIA LAGUNA
NIÑA: (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)
CAUSANTE: NESTOR EDUARDO MEDINA RODRIGUEZ


PARTE NARRATIVA

Ocurrió por ante el Juzgado Distribuidor de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la ciudadana YASMIN JOSEFINA GARCIA LAGUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.427.810 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la Defensora Pública Especializada Tercera designada al Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, abogada LISBETH BRACAMONTE FUENTES, actuando en representación de la niña (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD); solicitando AUTORIZACION PARA RETIRAR DINERO POR MUERTE, que por concepto de PRESTACIONES SOCIALES y otros beneficios que le corresponda a la antes mencionada niña, dejados al fallecimiento del ciudadano NESTOR EDUARDO MEDINA RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.922.812, quien era Técnico en Telecomunicaciones y prestaba sus servicios para ale empresa EPROSERCA, C.A., en la ciudad de Caracas Distrito Capital.-

Que por auto de fecha 10 de Marzo de 2007, este Tribunal, le dio entrada y curso de Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 170 literal c, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordenó notificar al Fiscal Especializado del Ministerio Público con competencia en el Sistema de Protección; notificado el mismo en fecha 14 de Marzo de 2008 y agregada a las actas en fecha 26 de Marzo de 2008.-

PARTE MOTIVA

Por cuanto la ciudadana YASMIN JOSEFINA GARCIA LAGUNA está en la obligación de obrar por la antes mencionada niña, en todos los actos de administración de sus bienes y por cuanto entre esos actos se encuentran los de gestionar y recibir las cantidades de dinero que le corresponda a la misma; es por lo que este Tribunal DECLARA PROCEDENTE LA AUTORIZACION SOLICITADA. ASI SE DECIDE.-

PARTE DISPOSITIVA
DECISION

Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO N° 4, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE autorización a la ciudadana YASMIN JOSEFINA GARCIA LAGUNA, titular de la cédula de identidad N° 10.427.810; para que en representación de la niña (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), reciba en cheque de gerencia a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala N° 4; la cantidad de dinero por el concepto antes mencionado que a la misma le corresponda, dejadas al fallecimiento del ciudadano NESTOR EDUARDO MEDINA RODRIGUEZ; sin prejuicio a que hubiera lugar para con el Fisco Nacional. ASÍ SE DECIDE.-

El monto remitido será posteriormente depositado en la entidad bancaria BANFOANDES, en una cuenta de ahorros a favor de la niña (SE OMITE EL NOMBREPOR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a la orden de este Tribunal.-

Expídase por secretaría una (1) copias certificadas de la presente resolución, a fin de que la solicitante la presente por ante la EPROSERCA, C.A.. ASÍ SE DECLARA.-

Dada, firmada y sellada en la sala de Juicio de este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo; en horas
de Despacho, a los veintisiete (27) días del mes de Marzo de Dos mil ocho (2008). Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-

EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA

ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA

EN LA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR AUTORIZACION EN EL LIBRO DE AUTORIZACIONES LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 68. LA SECRETARIA.


MBR/natalia