REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 18 de Marzo de 2008
197º Y 149º
Visto el Convenimiento celebrado en fecha 06 de Diciembre de 2007, por el profesional del derecho GUSTAVO HERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.- 126.844, apoderado demandado en la presente causa, y por la profesional del derecho GLORIA de VILCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.- 23.340, apoderada actora en la presente causa, y vista la ratificación realizada por los ciudadanos ELENA BERBESI y MARCOS TULIO ECHEVERRÍA, parte demandada, así como la consignación en actas de copia certificada de documento de propiedad del bien inmueble identificado en el Convenimiento, y por cuanto este Tribunal considera que el referido Convenimiento no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y, en consecuencia, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO realizado por la profesional del derecho GLORIA de VILCHEZ y los ciudadanos ELENA BERBESI y MARCOS TULIO ECHEVERRÍA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad en lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1.384 del Código Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los dieciocho (18) días del mes de Marzo de Dos Mil Ocho. Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO LA SECRETARIA
CARLOS RAFAEL FRIAS MARIA ROSA ARRIETA FINOL
En la misma fecha anterior, se dictó y publicó la anterior Resolución el presente expediente No. 10580.
LA SECRETARIA
MARIA ROSA ARRIETA FINOL
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