JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Diez (10) de Marzo de 2.008.-
197º y 149º
Recibida la anterior Solicitud del Órgano Distribuidor, acompañada de: Justificativo de Testigos emanada de la Notaria Pública Tercera de Maracaibo, Acta de Nacimiento Original signada bajo el Nro. 571 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Acta de Nacimiento Original signada bajo el Nro. 127 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 353 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Acta de Nacimiento Original signada bajo el Nro. 61 emanada de la del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 436, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 1047, emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 2476, emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 3633, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Dos (02) Copias Simples de Cédulas de Identidad, Copia Certificada de Acta de Defunción signada bajo el Nro. 1577, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Matrimonio signada bajo el Nro. 13 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Cristo de Aranza del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 1047, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 2476 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 2476 emanada del Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo el Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 3633 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Acta de Defunción signada bajo el Nro. 1577 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Acta de Matrimonio signada con el Nro. 13 emanada del Municipio Cristo de Aranza del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 571 emanado de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 127 emanada del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 353 emanada del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 61 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 436 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, todo constante de CUARENTA Y TRES (43) folios útiles.- Se le da entrada y se admite cuanto ha lugar en derecho la solicitud. Ahora bien, ocurre ante este Juzgado la ciudadana MARIA EDUVIGIS AÑEZ VALE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 8.873.205, domiciliada en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia y asistida en este acto por el Abogado en Ejercicio HEBERTO BRITO ECHETO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 6.580, solicitando se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos GLORIA MARGARITA VALE VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 1.098.493, su legítima esposa; JOSE RENE, WILLIAN ENRIQUE, JAMES JOSE, MARIA EDUVIGIS y MARITZA AÑEZ VALE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.113.159, 3509.989, 5.064.273, 2.873.205 y 2.873.206, hijos procreados dentro del matrimonio; y ARONIO JOSE, JOSE ANGEL y JOSE RENE AÑEZ CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad 10.428.608, 12.515.963 y 14.026.524, hijos nacidos fuera del matrimonio, herederos del ciudadano JOSE ANGEL AÑEZ ORTEGA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 100.136, fallecido en el Hospital Universitario de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día Cinco (05) de Septiembre de 2.007. El solicitante acompaña: Justificativo de Testigos emanada de la Notaria Pública Tercera de Maracaibo, Acta de Nacimiento Original signada bajo el Nro. 571 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Acta de Nacimiento Original signada bajo el Nro. 127 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 353 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Acta de Nacimiento Original signada bajo el Nro. 61 emanada de la del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 436, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 1047, emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 2476, emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 3633, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Dos (02) Copias Simples de Cédulas de Identidad, Copia Certificada de Acta de Defunción signada bajo el Nro. 1577, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Certificada de Acta de Matrimonio signada bajo el Nro. 13 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Cristo de Aranza del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 1047, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 2476 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 2476 emanada del Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo el Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 3633 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Acta de Defunción signada bajo el Nro. 1577 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Acta de Matrimonio signada con el Nro. 13 emanada del Municipio Cristo de Aranza del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 571 emanado de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 127 emanada del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 353 emanada del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 61 emanada de la Jefatura Civil del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Copia Simple de Cédula de Identidad, Copia Simple de Acta de Nacimiento signada bajo el Nro. 436 emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Tales instrumentos se valoran favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran la filiación, así como el fallecimiento del causante. Igualmente consignaron Justificativo de testigos evacuado por ante la a Notaría Pública Tercera de Maracaibo del Estado Zulia, donde se les tomó declaración jurada a los ciudadanos: EDUARDO SAAVEDRA, JOSE SALAZAR GUERRERO y DEIVI OROZCO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 13.742349, 5.047.053 y 13.758.229, respectivamente, quienes testificaron que conocen de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la ciudadana MARIA EDUVIGIS AÑEZ VALE, asimismo testificaron conocer a mi legitima madre, la ciudadana GLORIA MARGARITA VALE VERA y a mis hermanos JOSE RENE, WILLIAN ENRIQUE, JAMES JOSE, MARITZA AÑEZ VALE, ARONIO JOSE, JOSE ANGEL y JOSE RENE AÑEZ CASTILLO, y que de igual manera expusieron haber conocido a su difunto padre quien falleció el Cinco (05) de Septiembre de 2.007, por ultimo certificaron que mi legitimo padre estuvo casado con la ciudadana GLORIA MARGARITA AÑEZ ORTEGA y que de esa unión matrimonial nacen JOSE RENE, WILLIAN ENRIQUE, JAMES JOSE, MARIA EDUVIGIS, MARITZA AÑEZ VALE y fuera del matrimonio nacieron ARONIO JOSE, JOSE ANGEL y JOSE RENE AÑEZ CASTILLO.- Tal prueba testifical se aprecia en todo su valor probatorio, puesto que los testigos afirman de manera conteste la existencia de la vocación hereditaria alegada por los solicitantes, y en consecuencia, se concluye en la veracidad de los hechos alegados, por lo cual este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos: GLORIA MARGARITA VALE VERA, JOSE RENE, WILLIAN ENRIQUE, JAMES JOSE, MARIA EDUVIGIS y MARITZA AÑEZ VALE, ARONIO JOSE, JOSE ANGEL y JOSE RENE AÑEZ CASTILLO, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JOSE ANGEL AÑEZ ORTEGA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 100.136, fallecido en el Hospital Universitario de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día Cinco (05) de Septiembre de 2.007, según se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Defunción signada bajo el Nº 1577, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, previa certificación por secretaría y se ordena expedir las copias certificadas solicitadas con la inserción de la diligencia del auto que la provee. Así se declara.-
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.-
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
CRF/ mjcq.-
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