REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-En el día de hoy veinticuatro de marzo del año dos mil ocho, en horas de despacho, siendo las 9:20 a.m., día y hora previamente fijada por este tribunal comisionado, a objeto de darle cumplimiento a la Medida de Embargo Preventivo decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL , MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio de Alimentos sigue la Ciudadana AURA MARIA QUINTERO DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.634.584, contra el Ciudadano PEDRO ALEJANDRO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.820.586, Acto seguido este tribunal, se trasladó por solicitud mediante diligencia realizada del Apoderado Judicial de la parte actora Abogada SORAIDA QUINTERO, inscrita en el inpreaboago No. 11.653 a la siguiente dirección Avenida Sabaneta, Sector Gallo Verde, Frente al Antiguo Albergue de Menores, específicamente en la sede de la Empresa VIGIBANCA de esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo Estado Zulia.- Una vez constituido este tribunal en la dirección antes señalada, se procedió a notificar del traslado y constitución del mismo, al Ciudadano MARIA SANTOS MORALES HERNANDEZ, quien es mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 9.768.625, de este domicilio, quien dijo ser COORDINADOR DE RRHH, de la empresa donde este tribunal se encuentra constituido.- Seguidamente este Juzgado Ejecutor le hace saber al notificado que el tribunal de la causa es decir el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción decretó de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil vigente en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, Medida Preventiva de Embargo, para cubrir obligaciones alimentarías sobre EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO INTEGRAL, BONO VACACIONES, AGUINALDO O UTILIDADES, RETROACTIVO, BONOS ASI COMO EL DIEZ POR CIENTO (10%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORRO, Y FIDEICOMISO ENTENDIDO COMO LOS INTERESES DE LAS PRESTACIONES SOCIALES QUE PERCIBE EL EJECUTADO DE AUTOS CIUDADANO PEDRO ALEJANDRO MENDOZA, YA IDENTIFICADO, COMO EMPLEADO DE LA FIRMA MERCANTIL VIGIBANCA.- Acto seguido este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, EL TREINTA POR CIENTO (30%) DEL SUELDO O SALARIO INTEGRAL, BONO VACACIONES, AGUINALDO O UTILIDADES, RETROACTIVO, BONOS ASI COMO EL DIEZ POR CIENTO (10%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORRO, Y FIDEICOMISO ENTENDIDO COMO LOS INTERESES DE LAS PRESTACIONES SOCIALES QUE PERCIBE EL EJECUTADO DE AUTOS CIUDADANO PEDRO ALEJANDRO MENDOZA, YA IDENTIFICADO, COMO EMPLEADO DE LA FIRMA MERCANTIL VIGIBANCA.- El tribunal le advierte al notificado que las conceptos o porcentajes aquí embargados deben ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Comitente JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Expediente No. 55.002. Edificio Torre Mara, Sede del Palacio de Justicia Avenida El Milagro de esta Ciudad y Municipio Maracaibo Estado Zulia.-Seguidamente el notificado de autos expone: Me doy por notificado del contenido de la presente acta a reserva de verificar: A) Si el ejecutado de autos es o no empleado de la empresa Vigibanca B) Si le pertenecen los conceptos arriba señalados C) La existencia de otra medida cautelar realizada con anterioridad a esta D) Las defensas que el mismo ejecutado pudiese esgrimir a su favor.- En este estado este tribunal ordena la expedición de la presente acta al notificado de autos. Este tribunal ejecutor le dio estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 segundo aparte y 254 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela. Concluye el acto siendo las 9:30 a.m.. Terminó, se leyó y conformes firman.- firman.-
LA JUEZ


ABOG.ZIMARAY CARRASQUERO

EL NOTIFICADO (A)











LA SECRETARIA


ABOG. LINDA AVILA


Comisión 3902-08
Exp.55002