REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO
JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

En el día de hoy VEINTICUATRO (24) DE MARZO DEL 2008, en horas hábiles de Despacho, siendo las diez y treinta de la mañana, día y hora acordado por este tribunal ejecutor a objeto de darle cumplimiento a la medida de AMPARO A LA POSESION, decretado por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio por Interdicto de Amparo, sigue el Ciudadano LUIS ANTONIO PARDO HERNANDEZ, Colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-877.279, contra la Ciudadana CRISTINA DENIS PARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.790.562. Acto seguido este Tribunal se trasladó por solicitud e indicación de la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio LEXYS CASANOVA RODRIGUEZ, inscrita en el inpreabogado 57130, a la dirección que indica: Inmueble ubicado en el Barrio Guaicaipuro, Calle 66 con avenida 97 signado con el No. 34-12 en jurisdicción de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Autónomo Maracaibo Estado Zulia.- Una vez constituido en la dirección aportada por la apodera judicial de la parte actora se procedió a notificar del traslado y constitución de este tribunal al Ciudadano LUIS ANTONIO PARDO HERNANDEZ, quien es colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-877.279, en su carácter de parte ejecutante en la presente comisión.- Seguidamente este tribunal Ejecutor de medidas procede a darle estricto cumplimiento al despacho comisorio, y práctica EL AMPARO A LA POSESION DECRETADO POR EL TRIBUNAL DE LA CAUSA A FAVOR DEL CIUDADANO LUIS ANTONIO PARDO HERNANDEZ, ya identificado, en un inmueble ubicado en El Barrio Guaicaipuro, Calle 66 con avenida 97 signado con el No. 34-12 en jurisdicción de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Autónomo Maracaibo Estado Zulia cuyos linderos y medidas se dan por reproducidos en la presente acta.- En consecuencia este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, SAN FRANCISCO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara AMPARO A LA POSESION A FAVOR DE LA CIUDADANA LUIS ANTONIO PARDO HERNANDEZ, ya identificado, sobre el inmueble aquí mencionado. el cual consta de las siguientes dependencias: cuatro habitaciones, sala-comedor, cocina, tres salas sanitarias, construida con paredes de bloque, pisos de cemento y techos de zinc, cercada con alambre de ciclón. Barrio Guaicaipuro, Calle 66 con avenida 97 signado con el No. 34-12 en jurisdicción de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Autónomo Maracaibo Estado Zulia. Concluye el acto siendo las once de la mañana. cumpliendo este tribunal ejecutor con lo establecido en el artículo 26, segundo aparte y 254 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela, así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO EL SOLICITANTE

LA APODERADA JUDICIAL DEL
SOLICITANTE.-








LA SECRETARIA


ABOG. LINDA AVILA