REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION 3933
En el día de hoy, 28 de Marzo del año dos mil ocho, siendo las 2:00 PM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa P.D.V.S.A, ubicada en el Edificio Miranda, tercer piso, Avenida 28 La Limpia, Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. CON SEDE EN CABIMAS. EXP: 34.359. Con motivo del Juicio de DIVORCIO seguido por la ciudadana JOSELIN DE JESUS FERRER LOZADA, titular de la Cédula de Identidad No. 15.808.677, contra el ciudadano LUCIBAR ENRIQUE LAGUNA, titular de la Cédula de Identidad No. 12.708.751.- En este estado presente el ciudadano (a): ANA AVILA, titular de la Cédula de Identidad No. 7.624.020, quién se identifico con el carácter de ABOGADA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado DECRETÓ MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO: sobre: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario que le pueda corresponder al ciudadano demandado. Dicha cantidad deberá ser entregada directamente a la demandante ciudadana JOSELIN DE JESUS FERRER LOZADA, antes identificada B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de los conceptos: Bonos, Horas Extras, Primas y Retroactivo. C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Utilidades o Bonificación de fin de año, Liquidas y Bono Vacacional que le pueda corresponder al demandado en el presente año. D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los conceptos Prestaciones Sociales, Fideicomiso e Intereses y Fondo de Ahorro que le puedan corresponder al demandado ciudadano LUCIBAR ENRIQUE LAGUNA, antes identificado, como trabajador de la Empresa P.D.V.S.A, en el Departamento de Mantenimiento Operacional Transmisión Bachaquero Estado Zulia, en caso de retiro, despido, jubilación, muerte o por la causa que fuere. Las cantidades de dinero a embargarse deberán ser remitidas mediante Cheque de Gerencia a la orden del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. CON SEDE EN CABIMAS. EXP No. 34359.- Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. El Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 2:05 PM.-
LA JUEZ,
EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA ACC:
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