REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDAS N° 4574
En el día de hoy veinticinco (25) de Marzo de dos mil ocho (2.008), siendo las once de la mañana, se traslado y constituyo JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en la sede del REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ubicado en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, acompañado del abogado en ejercicio OBET PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.780, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO JOSE ESCALANTE a objeto de ejecutar medida Ejecutiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION) seguido por el ciudadano ANTONIO JOSE ESCALANTE en contra del ciudadano JOSE EDUARDO DIAZ MENDOZA. Seguidamente el Tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano JAVIER ROBERTO FLORES, titular de la cedula de identidad Nº v-9.765.593 en su condición de JEFE DE SERVICIOS. En este estado presente el ciudadano OBET PEREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº104.780, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO JOSE ESCALANTE, expuso. Pido al tribunal se sirva ejecutar la medida de embargo ejecutivo, decretada por el Juzgado de la causa, sobre la cantidad de CIENTO SETENTA Y CINCO ACCIONES, con un valor nominal cada una de UN MILLON BOLIVARES, del total de ciento cuarenta mil acciones nominativas del capital social que tiene suscritas y pagadas el socio JOSE EDUARDO DIAZ MENDOZA EN LA SOCIEDAD MERCANTIL JOSE DIAZ C.A JODICA, según acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada en fecha (13) de mayo del dos mil cinco (2.005), cuya acta asamblea general

extraordinaria se encuentra debidamente registrada por ante este registro mercantil, en fecha veinticuatro (24) de Mayo de dos mil cinco (2005), bajo el Nro 5, Tomo 6-A, segundo trimestre. Asi mismo me reservo el derecho de seguir señalando bienes del demandado para cubrir el monto remanente, la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y UN CENTIMOS DE BOLIVARES FUERTES.