JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN 27 DE MARZO DEL AÑO 2.008

197° Y 149°



Vista la anterior demanda de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, intentada por la Ciudadana MARBELYS DEL VALLE ORTIZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.286.888, de este domicilio, debidamente asistida para este acto por el Abogado MANUEL LANDA TENEFFE, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.664 y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se le da entrada, se admite cuando ha lugar en derecho, se dispone a numerarse y formar expediente. La Partida de Nacimiento en cuestión, se encuentra asentada en el Libro 10, Bajo el N° 3.978, Folio 256, del año 1.964 del Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas.

El error enunciado consiste en que en la Partida de Nacimiento de la solicitante MARBELYS DEL VALLE ORTIZ MARTINEZ, se trascribió su nombre como MARBELIS, tal como se evidencia de la Partida de Nacimiento, siendo lo correcto MARBELYS, tal como aparece asentada en su Cédula de Identidad.


Para los efectos probatorios la solicitante consignó copia de la mencionada partida de nacimiento, expedida por el Registro Principal del Municipio Maturín del Estado Monagas y copia de su Cédula de Identidad. Probados como han sido los hechos alegados y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, éste Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA al Registrador Principal del Municipio Maturín, hacer la debida nota marginal en la partida de nacimiento de la Ciudadana MARBELYS DEL VALLE ORTIZ MARTINEZ, en la cual se debe colocar que su nombre es “MARBELYS” y no “MARBELIS”, tal como aparece en la mencionada partida.


Expídanse por secretaría las Copias Certificadas de la solicitud y de esta sentencia y las que fueren menester a los interesados y envíese las necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines legales consiguientes.

Publíquese, regístrese y déjese copia.



DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.-

LA SECRETARIA
Abog. YOHISKA MUJICA LUCES


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.- Conste.-


LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA LUCES


Exp N° 30.839

Ely.-